Ord. 1294/97 Demarcación sendas peatonales

 

Expte. Nº 1.417/97.

VISTO:

La Ley 2756, en su Art.39, Inc.38, y

 

CONSIDERANDO:

Que  el  incremento  del tránsito en la  Ciudad  exige  se adopten  medidas acordes a tal situación a fin de  ofrecer seguridad  a  los peatones y adecuada señalización  a  los automovilistas.

Que  a tal fin debe comenzarse por las sendas  peatonales, procediéndose a la demarcación de las mismas en las  principales Avenidas y calles de mayor tránsito de la Ciudad.

Que  el  Concejo Deliberante se encuentra  facultado  para legislar en la materia.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones  sanciona  la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1294/97

 

ART.1º) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal, para  que proceda  a  la  demarcación de sendas  peatonales  en  las principales  Avenidas  y calles de mayor  tránsito  de  la Ciudad, en la medida del crédito presupuestario correspondiente al Año 1998.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de Diciembre de 1997.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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