Expte. 1429/98.
VISTO:
Expte. 1429/98. Proyecto de Ordenanza. Prórroga en dos meses de cada una de las cuotas establecidas en la Ordenanza Nro. 1290/97. Artículo 21 para el pago Derecho Fiscalización de Servicios Públicos (taxis).
Ordenanza Nº 1290/97, Art. 21º.
Ley Orgánica de Municipalidades, Nro. 2756, y
CONSIDERANDO:
Que la Cooperativa de Taxis, mediante una nota dirigida al Departamento Ejecutivo Municipal, ha solicitado oportunamente la prórroga de las cuotas de pago del Derecho de Fiscalización de Servicios Públicos.
Que existe la necesidad de contemplar situaciones particulares de los contribuyentes ha efectos de flexibilizar el pago de sus obligaciones y así facilitar el cumplimiento voluntario, que es en definitiva la principal meta en la tarea de recaudación fiscal.
Que es facultad de este Concejo Deliberante conceder la mencionada prórroga.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1297/98
ART.1º) Prorrogar en dos meses cada una de las cuotas establecidas en el art. 21º de la Ordenanza Nro. 1290/97 para el pago anual del Derecho de Fiscalización de Servicios Públicos de Taxis. De este modo, el vencimiento de la primera cuota establecida para el 10/02/98 operará el 10/04/98, el vencimiento de la segunda cuota fijado para el 10/04/98 operará el 10/06/98 y el vencimiento de la tercer cuota establecido para el 10/06/98 operará el 10/08/98.-
ART.2º) Lo dispuesto en la presente Ordenanza tendrá vigencia sólo para el año en curso.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, Marzo 4, 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
