Ord. 1332/98 Exime al club El Porvenir pago Tasa Gral de Inmuebles

VISTO:

El Expediente Nº 1.462/98.

El  Código Tributario Municipal (Ordenanza 619/90)  y  sus modificatorias, y

 

CONSIDERANDO:

Que el Club El Porvenir, reúne los requisitos exigidos por el  Código Tributario Municipal para ser eximido del  pago de la Tasa General de Inmuebles.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1332/98

 

ART.1º) Exímese al Club El Porvenir, del pago de la Tasa  General de  Inmuebles, respecto al inmueble de su propiedad;  sito en calle Juan Domingo Perón Nº 1.045.

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 03 de Septiembre de 1998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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