Expte. Nº 1.620/98.

VISTO:

Que a partir de la Segunda Guerra Mundial, a causa de  las prácticas  de genocidio que se registraron  en  diferentes países,  surgió  la preocupación por la violación  de  los Derechos  Humanos.

Que  el  10 de Diciembre de 1.948 la Organización  de  las Naciones Unidas aprobó por unanimidad la Declaración  Universal de los Derechos Humanos.

La Ley 2756, en su Art. 39º Inc. 14, y

 

CONSIDERANDO:

Que en base a ello, los distintos países tomaron  conciencia de la necesidad de llegar a un  acuerdo y comprometerse en normas comunes, y que si un país viola esas  normas, los otros pueden reclamarle por ello.

Que  con  el tiempo, se han ido desarrollando muchos  instrumentos  Internacionales y Regionales que  protegen  los Derechos Humanos.

Que es voluntad de este Concejo Deliberante que una  calle de nuestra Ciudad reciba el nombre “Calle de los  Derechos Humanos” en homenaje al Cincuentenario de su Declaración.

Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 1363/98

 

ART.1º) Institúyase el nombre de “Calle de los Derechos  Humanos” al  actual Pasaje Público sin nombre que nace en  la  Ruta Provincial Nº 21 (Av. San Martín) hacia el Oeste; lindando al Norte con la Manzana A y al Sur con la Manzana B  ambas urbanizadas para el Barrio Tipo FO.NA.VI.; según consta en los Planos de Mensura Nº 139.588/97. 

 

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de Diciembre de 1.998.

Presidente: Graciela Bonomelli

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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