Expte. Nº 2.424/03.
VISTO:
Las disposiciones que en materia presupuestaria prevé
CONSIDERANDO:
Que es necesario dotar a
Que a tal efecto se han finalizado los estudios pertinentes por parte de las distintas Secretarías.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1566/2003
ART.1º) Fíjase en la suma de $ 18.225.730,55 (Pesos dieciocho millones doscientos veinticinco mil setecientos treinta con 55/100) el total de Erogaciones del Presupuesto de Gastos de
RTAS.GLES. RTAS.ESPEC. TOTAL
EROGACIONES CORRIENTES 15.152.633,33 151.788,00 15.304.421,33
OPERACION 13.966.435,00 151.788,00 14.118.223,00
– Personal 7.724.000,00 123.600,00 7.847.600,00
– Bs. y Serv. no pers. 6.242.435,00 28.188,00 6.270.623,00
INTERESES DE
TRANSFERENCIAS 440.198,33 – 440.198,33
A CLASIFICAR 50.000,00 – 50.000,00
CONCEJO DELIBERANTE 530.000,00 – 530.000,00
EROGACIONES DE CAPITAL 2.268.809,22 652.500,00 2.921.309,22
INVERSION REAL 1.998.809,22 652.500,00 2.651.309,22
– Bienes de capital 260.000,00 – 260.000,00
– Trabajos Públicos 1.738.809,22 652.500,00 2.391.309,22
BIENES PRE-EXISTENTES 270.000,00 – 270.000,00
INVERSION FINANCIERA – – –
– Aportes de capital – – –
– Préstamos – – –
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TOTALES 17.421.442,55 804.288,00 18.225.730,55
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ART.2º) Estímase en la suma de $ 16.626.410,60 (Pesos dieciséis millones seiscientos veintiséis mil cuatrocientos diez con 60/100) el Cálculo de Recursos destinado a atender las Erogaciones a que se refiere el Artículo Nº 1, de acuerdo con la distribución, resumen que se indica a continuación:
Rtas.Gles. Rtas.Espec. Total
RECURSOS CORRIENTES 15.115.765,60 1.010.645,00 16.126.410,60
DE JURISD. PROPIA 9.966.765,60 1.010.645,00 10.977.410,60
TRIBUTARIOS DEL EJERC. 5.848.900,00 1.010.645,00 6.859.545,00
– Tasas y Derechos 5.834.400,00 1.010.645,00 6.845.045,00
– Contrib. de Mejoras 14.500,00 —– 14.500,00
NO TRIBUTARIOS DEL EJERC. 1.398.847,60 —– 1.387.847,60
TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. 1.978.020,00 —– 1.978.020,00
NO TRIBUTARIOS EJERC.ANTER. 740.998,00 —– 740.998,00
DE OTRAS JURISDICCIONES 5.149.000,00 —– 5.149.000,00
COPARTICIPACION EJERCICIO 4.822.000,00 —– 4.822.000,00
COPART. EJERC. ANTERIOR 327.000,00 —– 327.000,00
RECURSOS DE CAPITAL 500.000,00 —– 500.000,00
REEMBOLSO DE PRESTAMOS —— —– ——
VENTA ACTIVO FIJO 500.000,00 —– 500.000,00
OTROS RECURSOS DE CAPITAL —— —– ——
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TOTALES 15.615.765,60 1.010.645,00 16.626.410,60
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ART.3º) Fíjase en la suma de $ 476.357,00 (Pesos cuatrocientos setenta y seis mil trescientos cincuenta y siete con 00/100), el importe de las Otras Erogaciones que se detallan a continuación:
Rtas.Gles. Rtas.Espec. Total
OTRAS EROGACIONES 270.000,00 206.357,00 476.357,00
EROGACIONES PARA ATENDER
– Amort. Deuda Pública —– —– —–
– Amort. Ajuste Deuda Púb. —– —– —–
– Amort. Otras Deudas 270.000,00 206.357,00 476.357,00
– Amort. Ajuste Otras Deudas —– —– —–
EROGACIONES PARA ATENDER
ADELANTOS A PROVEEDORES Y
CONTRATISTAS —– —– ——
———————————————
TOTAL OTRAS EROGACIONES 270.000,00 206.357,00 476.357,00
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ART.4º) Como consecuencia de lo establecido en los artículos precedentes estímase el siguiente Balance Preventivo:
TOTAL
I – TOTAL DE EROGACIONES S/ART. 1º Y 3º 18.702.087,55
II – TOTAL DE RECURSOS S/ART.2º 16.626.410,60
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III – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 2.075.676,95
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ART.5º) Estímase en la suma de $ 2.075.676,95 (Pesos dos millones setenta y cinco mil seiscientos setenta y seis con 95/100) el Financiamiento de
Rtas.Grles. Rtas.Espec. Total
FINANCIAMIENTO:
1- APORTES NO REINTEGRABLES 1.364.809,22 —– 1.364.809,22
2- USO DEL CREDITO 710.867,73 —– 710.867,73
– Aportes reintegrables pro-
venientes del Estado Pcial.
o Nacional 710.867,73 —– 710.867,73
– Préstamos Bancarios —– —– —–
– Préstamos Gob. Pcial. —– —– —–
– Préstamos Gob. Nacional —– —– —–
3- ADELANTOS OTORGADOS A
PROVEEDORES EN EJERC.
ANTERIORES —– —– ——
4- REMANENTE EJERC. ANTERIORES —– —– ——
——————————————-
TOTAL DE FINANCIAMIENTO 2.075.676,95 —– 2.075.676,95
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I – NECESIDAD DE FINANCIAMIENTO 2.075.676,95
II- TOTAL DE FINANCIAMIENTO 2.075.676,95
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RESULTADO PRESUPUESTO EQUILIBRADO
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ART.6º) Fíjase en 583 (Quinientos ochenta y tres) el número de cargos presupuestados de
ART.7º) El Departamento Ejecutivo podrá disponer las reestructuraciones y modificaciones que considere necesarios con la única limitación de no alterar el total de Erogaciones fijadas en la presente Ordenanza.-
ART.8º) Autorízase al Departamento Ejecutivo a modificar el Presupuesto General incorporando las Partidas Específicas necesarias o incrementando las ya previstas cuando deba realizar Erogaciones originadas por la adhesión a Leyes o Decretos Nacionales o Provinciales de vigencia en el ámbito Municipal. Dicha autorización estará limitada a los aportes que a tal efecto disponga el Gobierno Nacional o Provincial, no pudiendo ser modificado el Balance Financiero Preventivo.-
ART.9º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 27 de Noviembre de 2003.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
Modificada por Ordenanza 1586/04
Modificada por Ordenanza 1592/04
