Expte. Nº 4.918/13.
VISTO:
La Ley Nacional de Tránsito N° 24.449.
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756.
La Ordenanza Nº 37/72, Reglamento de Tráfico y Tránsito, y
CONSIDERANDO:
Que diariamente concurren al Club Talleres R.P.B., ubicado en Av. Juan D. Perón entre calle Fornieles y calle Libertad, numerosos vecinos que realizan diversas actividades deportivas y sociales.
Que Av. Juan D. Perón en el tramo comprendido entre calle Fornieles y calle Libertad tiene gran intensidad de circulación de vehículos particulares y de coches del servicio de transporte público de pasajeros durante todo el día.
Que sin lugar a dudas, el panorama descripto se agrava con el estacionamiento de vehículos frente a esta Institución, que además de entorpecer el flujo circulatorio suma un factor de riesgo para los más de 3500 socios, de los cuales el 70% son menores de edad, que ingresan y salen del Club.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.147/2013
ART. 1º) Prohíbase el estacionamiento de vehículos en el horario de 8 a 22 horas, sobre la calzada en cuyo frente se encuentra el Club Talleres R.P.B., específicamente entre la intersección de calle Fornieles hasta 10 (diez) metros en dirección a calle Libertad desde la puerta de ingreso principal del club.
ART.2º) Instálese cartelería vertical indicativa de la prohibición establecida en el Art. 1º.
ART.3º) Píntese de color amarillo el cordón del tramo señalizado entre la cartelería establecida en el Art.2º.
ART. 4º) Otórguese intervención a la Dirección Municipal de Tránsito, para que realice controles a los efectos de que se cumpla la presente Ordenanza.
ART.5º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de septiembre de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci