Expte. Nº 4.919/13.
VISTO:
La Ley 2756.
La Ordenanza Nº 2077/12, y
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de un error de tipeo en la Ordenanza Nº 2077/12 en el que se consignó el Nº 5 del lote al que se refiere la donación que motiva la Ordenanza, cuando debería haber dicho Nº 15, es necesario que este Cuerpo modifique el Art. 2º de la mencionada legislación oportunamente sancionada.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.150/2013
ART.1º) Modifiquese el Art. 2º de la Ordenanza 2077/12 el que quedará redactado de la siguiente manera: “Acéptase la donación de una fracción de 2252,14 m² (Lote Nº 15-Manzana B) de superficie destinada a espacio comunitario a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de mensura confeccionado por el Ing. Miguel Ángel Prece”.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de septiembre de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci