Expte. Nº 4.968/13.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndole la distribución para el año 2014 del Fondo de obras Menores y Equipamientos.
Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 1.167.827.- para la ejecución de pavimentación de calles.
Que dicho monto se utilizará para la readecuación de base y carpeta asfáltica de 6 cm de espesor, en las calles Eva Perón desde Brown hasta Av. Libertador, Las Heras desde Av. General Juan D. Perón a Belgrano y Alberdi desde Av. General Juan Domingo Perón hasta Moreno.
Que en barrios donde se pretende realizar las obras viven personas de escasos recursos como asimismo desempleados, lo que hace imposible puedan comprometerse a asumir una obligación de pago como la que generará la realización de éstas.
Que por esos motivos, resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley 12.385, que aprueba las gestiones, que el proyecto mencionado ut supra, no es susceptible de recuperación económica en pos de mejorar la calidad de vida; como así también posibilitará una mejor prestación del servicio de transporte de pasajeros.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.164/2013
ART.1º) Solicítase al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2014 y que serán destinados a la readecuación de base y ejecución de carpeta asfáltica de 6cm de espesor en las siguientes localizaciones: Eva Perón desde Brown hasta Av. Libertador, Las Heras desde Av. General Juan D. Perón a Belgrano y Alberdi desde Av. General Juan Domingo Perón hasta Moreno.
ART.2º) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de $ 1.167.827.- (Pesos Un Millón Ciento Sesenta y Siete Mil Ochocientos Veintisiete) para el financiamiento del proyecto referido en el Artículo 1º de la presente.
ART.3º) Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras, el proyecto ut supra, atento los motivos expuestos.
ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de noviembre de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci