Ord. 2331/15 Incremento impuesto patente único de vehículos 2016

Expte.  Nº  5.64015.

VISTO:

Las Ordenanza Nº 2017/12, 2158/13 y 2246/14.

La Ley Nº 12306 modificada por Ley Nº 13226 referente a los parámetros de emisión de Patente Única sobre Vehículos.

La Ley 2756 Orgánica de Municipalidades, y

CONSIDERANDO:

Que la referida Ley Nº 13.226, en su Art. 53º dispone:” La Provincia fijara una tasa testigo, la que deberá ser adoptada como dato referencial por la totalidad de las municipalidades y Comunas para la fijación de la alícuota pertinente a cada uno de ellos, no pudiendo variar en más o en menos de hasta un diez por ciento (10%) de incremento o descuento, respectivamente, en el marco de sus respectivas competencias así delegadas.

Que las Municipalidades y Comunas  que ejerzan la opción prevista en el párrafo anterior, deberán comunicar a la Administración Provincial de Impuestos, mediante el mecanismo que ésta disponga, hasta el 30 de noviembre de cada año la Ordenanza Fiscal dictada que autorice el incremento o la disminución de la alícuota pertinente.

Que teniendo en cuenta la situación económica financiera de nuestro municipio es necesario el incremento de los ingresos en concepto de patentes de vehículos conforme  lo autoriza la opción que establece la normativa provincial, que además expresa que el cien por ciento (100%) de la recaudación

obtenido por el incremento dispuesto, se les acreditara automáticamente a la Municipalidad y Comuna a través del sistema de coparticipación automática prevista para este impuesto.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.331/2015.

ART. 1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a ejercer la opción de incremento de hasta un diez por ciento (10%) de la tasa testigo fijada por la Provincia, del Impuesto de Patente Única sobre Vehículos, para la emisión del año fiscal 2016 conforme lo autoriza la Ley Provincial Nº 13.226.

ART. 2°) La Dirección de Recaudación comunicará mediante el mecanismo dispuesto por la Administración Provincial de Impuestos antes del 30 de noviembre del presente año lo dispuesto por esta Ordenanza.

ART. 3°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   26 de noviembre  de 2015  

 

 

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