Ord. 2467/17 Estableciendo estacionamiento reservado para discapacitados en calle Opicci Nº 1844
Expte. Nº 6.213/17.
VISTO:
La Ley Provincial Nº 2756.
La convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley Nacional Nº 26.378 que aprueba la Convención con fuerza de ley, promulgada la misma en junio del 2008.
La situación problemática de Doldán Antonio Alesio quien padece de paraplejia, enfermedad por lo cual se ve afectada su movilidad para ascender y descender de su vehículo, y
CONSIDERANDO:
Que para una sana convivencia de nuestra sociedad se requiere el fomento de conductas donde el reconocimiento de los problemas de los otros sea una premisa fundamental para acercarnos y para unirnos.
Que es deber del Cuerpo Deliberativo de nuestra ciudad atender con rapidez y decisión las situaciones problemáticas de los vecinos en todo lo que nos compete a las funciones y al principio de oportunidad, en especial en aquellas cuestiones particulares que afectan la salud y calidad de vida.
Que Antonio Doldán, D.N.I. Nº 8.452.105, sufre de paraplejía por el cual tiene dificultades en su marcha y movilidad, todo ello por el Dr. Miretti Francisco, la Psicóloga Olivera Emilse y la Lic., Lamberti Sabrina que tienen vigencia hasta el 20 de marzo de 2021.
Que este vecino necesita del espacio en la calzada frene a su casa puesto que la camioneta de transporte que lo viene a buscar para que él pueda continuar con su rehabilitación (kinesiología e hidroterapia) debe detenerse en el medio de la calle atento que siempre en el frente de su domicilio se encuentra obstruido por automóviles particulares que se estacionan allí.
Sería necesario garantizar el estacionamiento exclusivo para el vehículo de transporte afectado a su movilidad y traslado en base al marco legal de protección a los derechos de la discapacidad y la mentada tendencia a construir una sociedad educadora.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.467/2017.
ART.1º) Establézcase como estacionamiento reservado para discapacitados y transporte de discapacitados afectando el mismo para su ascenso y descenso en el espacio frente al domicilio ubicado en calle Opicci 1844.
ART.2º) Autorícese a la instalación de cartel indicador vertical y/o señalización horizontal sobre la vereda par parte del particular donde conste el detalle de la modalidad mencionada ut supra.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de julio de 2017