Expte. Nº 6.294/17.
VISTO:
La Ley .Orgánica de Municipalidades 2756.
El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1415/1999 y Ordenanzas complementarias.
La Ordenanza Tributaria N° 2427/2016.
La Ordenanza N° 2458/2017, y
CONSIDERANDO:
Que existe una masiva respuesta y aceptación por parte de los contribuyentes de la ciudad, respecto a regularizar su situación tributaria ante el municipio, formalizando sus compromisos de pago, mediante convenios.
Que debido a los pedidos efectuados por aquellos contribuyentes que por diferentes razones, les resulta imposible regularizar su situación tributaria antes del 30/09/17 y así poder acogerse a los beneficios establecidos por el Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Derecho e Cementerio y Derecho de Registro e Inspección establecidos por Ordenanza Nº 2458/17, resulta necesario prorrogar la vigencia de la misma al 30/11/17 inclusive.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.481/2017.
ART.1º) Prorróguese la vigencia del Régimen Especial de Regularización y Facilidades para el pago de la Tasa General de Inmuebles, Derecho de Cementerio y Derecho de Registro e Inspección, fijado por Ordenanza Nº 2.458/17 modificándose el Art. 8º el cual quedará redactado de la siguiente manera:
“El término de vigencia de esta moratoria será desde la fecha de promulgación de la presente Ordenanza hasta el 30 de noviembre de 2017”.
ART. 2º) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de Septiembre de 2017 .
