Expte. Nº 6.398/18.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756, y

 

CONSIDERANDO:

Que, en la Guardería Infantil, dependiente de la Parroquia Nuestra Señor de la Paz, ubicada en la calle 17 de Octubre, se construyó una dársena a 45° para el uso de los empleados de la institución.

Que la institución manifiesta, es colocar la señalización correspondiente para entonces evitar que otros vehículos ajenos a la guardería estacionen durante el transcurso de los horarios laborales.

Que sería bueno colocar carteles detallando estacionamiento exclusivo para los empleados de la institución en los horarios de 7:00 hs a 18:00 hs, y también pintar el pavimento, que será utilizado.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.508/2018.

 

ART.1º) Dispóngase como estacionamiento exclusivo de 7:00 hs a 18:00 hs, los días hábiles, para los integrantes de la comunidad de Guardería Infantil Nuestra Señora de la Paz, en la dársena ubicada en calle 17 de Octubre entre las calles Maipú y 3 de Febrero.

 

ART.2º) Señalícese los espacios reservados mediante carteles indicadores, como así también sobre el pavimento, pintando la superficie que será utilizada.

 

ART.3º) El Departamento Ejecutivo Municipal por intermedio de la Secretaria que corresponda reglamentará las especificaciones técnicas necesarias.

 

ART.4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de marzo de 2018

print