Ord. 2535/18 Día Municipal de la Cumbia Cruzada
VISTO:
Pedido de distintas academias de cumbia cruzada de la ciudad, y
CONSIDERANDO:
Que la cumbia es un género musical proveniente del norte de Sudamérica, especialmente del Caribe colombiano.
Que la cumbia santafesina generó características propias que la diferencian de esa matriz musical, convirtiéndola junto con el cuarteto cordobés, en una de las expresiones más reconocidas de nuestro país.
Que es un género Santafesino surgido en los comienzos de la década del 60, y que los pasos son una mezcla de tango y milonga.
Que en los primeros años se le decía “punta y taco”, después se empezó a decirle cumbia cruzada.
Que en Villa Gobernador Gálvez en los años setenta los clubes Olímpico e Independiente fueron los pioneros en bailes familiares donde los bailarines mostraban su destreza bailando la cumbia cruzada.
Que, a raíz del surgimiento de esta música popular, aparecen también las bailantas y los grupos de baile profesionales de cumbia.
Que en la actualidad en nuestra ciudad vienen funcionando un número importante de academias.
Que estos grupos de danza enseñan día a día, con mucha pasión y compromiso, a bailar a cientos de villagalvenses.
Que las academias de Cumbia Cruzada, no solamente existen en nuestra ciudad, sino también en otras ciudades vecinas, como San Lorenzo, Arroyo Seco y Rosario que ya cuenta con el día de la cumbia cruzada celebrándose el 28 de junio de cada año.
Que hoy en día las academias se reúnen para realizar festivales de cumbia cruzada en diferentes ciudades de la provincia, en los cuales exponen todo lo trabajado en el año.
Que, en el año 2.014, a instancias del Diputado Oscar Urruty, la Provincia de Santa Fe instauró a través de la Ley N° 29.145, al 5 de Noviembre como “Día de la Cumbia Santafesina”, fecha que conmemora el fallecimiento de Martín Robustiano Gutiérrez, conocido como “Chani”, un gran impulsor de esta música.
Que la difusión y promoción de la cultura posibilita no solo la vinculación de las personas con su historia, sino también la construcción de su identidad.
Que en este marco la “Cumbia Cruzada” es una expresión dancística digna de ser promovida en virtud de la trascendencia que ha alcanzado, no solamente a nivel nacional, sino que también a nivel internacional.
Que sería importante declarar en nuestra ciudad el día de la Cumbia Cruzada al sábado posterior al 5 de noviembre día de la cumbia santafesina.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.535/2018
ART.1º) Establézcase en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, el sábado posterior al 5 de noviembre de cada año y a partir de este año en curso, como el “Día Municipal de la Cumbia Cruzada”, en reconocimiento de quienes día a día aportan a la cultura y a la identidad de nuestra Ciudad y nuestra Provincia.
ART.2º) El objetivo de establecer el “Día Municipal de la Cumbia Cruzada” es además de reconocer a las distintas academias por su labor, que también puedan celebrar realizando un festival en conmemoración del día.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de agosto de 2018.
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