Ord. 2560/18 Obras sobre conexiones domiciliarias irregulares en Barrio Eucaliptal , beneficiando al menos a 153 usuarios que gozarán del Servicio de Energía Eléctrica de un modo seguro

Expte. Nº 6.633/18.

VISTO:

La Ley 2756 Art. 11°,

El Expediente Municipal N° 52.171/18 Iniciador: Secretaria de Obras y Servicios Públicos. Asunto: “ Solicitud de acuerdo c/Cooperativa Integral de VGG Ltda. s/conexiones domiciliarias irregulares Barrio Eucaliptal”, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Cuerpo, y

CONSIDERANDO:

Que el Departamento Ejecutivo Municipal ingresó a este Concejo Deliberante el Expediente mencionado en los vistos, por el cual solicita autorización por la contratación en forma directa con la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Gálvez, a los fines de realizar las tareas detalladas por el Secretario de Obras y Servicios Públicos, con carácter urgente obrante a fojas 02 de dicho expediente.

Que la obra “Programa de Luz y Agua segura para inclusión social-Barrio Eucaliptal-Villa Gobernador Gálvez, Licitación 03/17, tenía prevista las conexiones domiciliarias de clientes regulares con medidor, las que se ejecutaron en su totalidad en el marco del contrato de obra.

Que según manifiestan en el expediente de referencia, quedaron pendientes las conexiones irregulares de vecinos del mencionado barrio.

Que la contratación en forma directa encuentra sustento en los dispuesto en el Art. 11° de la Ley 2756 en cuanto dispone que “podrá prescindirse de la formalidad de la licitación pública cuando mediare urgencia declarada por los dos tercios de votos  del Concejo…”, urgencia que radica en la seguridad de los vecinos y el estado obsoleto en el que se encuentra la red, y que genera peligro para los mismos.

Que la realización de la obra citada por parte de la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Galvez Ltda, implicaría evitar la superposición de jurisdicciones y responsabilidades en el manejo del conexionado y desconexiones del sistema nuevo y del que se debe desmontar, resultando, además, favorable a los intereses municipales dado que el gasto que demande la mano de obra no está a cargo de la Municipalidad conforme el mencionado informe.

Que la obra  proyectada beneficiará, al menos, a 153 usuarios que, pese a estar morando en un asentamiento irregular, gozarán del servicio de energía eléctrica de un modo seguro que es menester dictar  la medida legal que encuadre el particular.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.560/2018

ART.1°) Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal a contratar en forma directa a la Cooperativa Integral de Villa Gobernador Galvez Ltda. para la realización de obras sobre conexiones domiciliarias irregulares en Barrio Eucaliptal , beneficiando al menos a 153 usuarios que gozarán del Servicio de Energía Eléctrica de un modo seguro, en un todo de acuerdo con los fundamentos expuestos en los Considerandos de la presente, con las modalidades y en el marco de lo estipulado en el Art. 11° de la Ley 2756.

ART.2°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de octubre de 2018.

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2560-18 expte.6633-18 Energia electrica Barrio Eucaliptal

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