Ord. 2584/18 Solicitar al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable

Expte. Nº 6.699/18.

VISTO:

La Ley Provincial N° 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario; y

 

CONSIDERANDO:

Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez se encuentra dentro de las exigencias planteadas por la normativa en vigencia, correspondiéndole la distribución para el año 2018 del Fondo de Obras Menores y Equipamientos.

Que en razón de que la totalidad de los servicios que presta el municipio a los contribuyentes son ejecutados por administración municipal, resulta necesario ampliar y renovar el equipamiento y los rodados para tales fines.

Que el Departamento Ejecutivo Municipal considera prioritaria la asignación de una partida de $ 5.286.621,50.- ( Pesos Cinco Millones Doscientos Ochenta y Seis Mil Seiscientos Veintiuno con 50/100) para la adquisición de un chasis de camión con cabina simple nuevo 0km, una camioneta tipo pick up doble cabina nueva 0km., tres equipos levanta contenedores nuevos, un utilitario tipo furgón cerrado nuevo 0km.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.584/2018

ART. 1°) Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, en el marco de la Ley 12.385, sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2018 y que serán destinados para la adquisición de un chasis de camión con cabina simple nuevo 0 km, una camioneta tipo pick up doble cabina nueva 0km., tres equipos levanta contenedores nuevos, un utilitario tipo furgón cerrado nuevo 0km.

 

ART.2°) Facúltase al Intendente Municipal a gestionar la suma de 5.286.621,50.- ( pesos cinco millones doscientos ochenta y seis mil seiscientos veintiuno con 50/100.- ) para el financiamiento del proyecto referido en el artículo 1° del presente.

 

ART. 3°) Autorizase al Intendente Municipal a realizar las modificaciones presupuestarias para dar cumplimiento a la presente Ordenanza.

 

ART.4°)   Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 6 de diciembre de 2018.

Descargar doc:

2584-18 expte.6699-18 Fondo obras menores adq rodados y maq

print