Expte. Nº 6.867/19.
VISTO:
La Ley Provincial N° 12.385, sus modificatorias y decreto reglamentario.
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
La Ordenanza N° 2.488/17.
La nota remitida por el Departamento Ejecutivo Municipal de fecha 09/08/2019,
El destino dado a los fondos menores, y
CONSIDERANDO:
Que por Ordenanza N° 2.488/17, en su Art. 1° se solicitó al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe que otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez “(…) un aporte no reintegrable correspondientes a los fondos asignados para el año 2017, que serán destinados a la adquisición de una motoniveladora, una cargadora frontal con balde, tres chasis de camión, tres agregados ejes para chasis de camión con llantas y neumáticos, tres cajas volcadoras de vuelco trasero y un chasis cabina doble tipo Dailey”.
Que seguidamente por intermedio de la resolución N° 0378 del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, de fecha 18 de junio de 2018 se asignó la suma de $ 13.286.877,50.- (Trece Millones Doscientos Ochenta y Seis Mil Ochocientos Setenta y Siete con Cincuenta Centavos) para la adquisición de una motoniveladora, una cargadora frontal con balde, tres chasis de camión, tres agregados ejes para chasis de camión con llantas y neumáticos, tres cajas volcadoras de vuelco trasero y un chasis cabina tipo Dailey.
Que mediante el Decreto N° 4.538/18 del Departamento Ejecutivo Municipal (llamado a Licitación por Decreto N° 4.314/18) se adquirió 2 chasis de camión Marca Iveco por la suma de $ 4.886.310 a la firma Beta S.A.
Que por Decreto N° 4.596/18 del Departamento Ejecutivo Municipal (llamado a licitación por Decreto N° 4315/18) se adquirió una cargadora Marca Case por la suma de $ 4.802.257 a la Empresa Grumaq S.R.L.
Que por Decreto N° 4.948 del Departamento Ejecutivo Municipal (llamado a Licitación por Decreto N° 4.660/18) se adquirió un chasis camión cabina simple Marca Iveco por la suma de $ 1.564.048 a la firma Beta S.A.
Que por Decreto N° 5.086/19 del Departamento Ejecutivo Municipal (llamado a Licitación por Decreto N° 4.662/18) se adquirió dos ejes posteriores Marca Piotto por la suma de $ 904.970 a la firma Industrias Piotto S.A.
Que por Decreto N° 5.291/19 del Departamento Ejecutivo Municipal (Llamado a Licitación por Decreto N° 4.661/18) se adquirieron dos cajas volcadoras nuevas 5.500 mm x 2.600 a la firma Nuevo Montenegro S.R.L. por la suma de $ 958.000.- y una caja volcadora nueva 4.500 mm x 2.600 a la firma Andreita S.R.L. por al suma de $ 349.867.
Que cabe sostenerse que, debido al tiempo transcurrido entre la solicitud y el desembolso efectivo de los fondos, se produjo una depreciación de los mismos por lo cual solo puede optarse por la adquisición de los ítems citados ut supra y resignar la compra de la motoniveladora, un chasis y un tercer eje.
Que en fecha 9 de agosto de 2019 ingresa a este Concejo Deliberante por nota de referencia “rendición de cuentas obras menores 2017”, donde se hace enumeración cronológica de lo actuado.
Que por el informe, la rendición correcta de las cuentas y el principio de buena fe que debe regir a toda la función pública, por ello es necesario modificar la ordenanza original y autorizar además la correspondiente y correcta rendición de los fondos.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.627/2.019
ART.1°) Modifíquese el Art. 1° de la Ordenanza N° 2.488/17, que quedará redactado de la siguiente manera: “Solicítese al Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe en el marco de la Ley 12.385, y sus modificatorias y Decreto Reglamentario, otorgue a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez un aporte no reintegrable correspondiente a los fondos asignados para el año 2017 y que serán destinados a la adquisición de una cargadora frontal con balde, dos chasis de camión, dos agregados ejes para chasis de camión con llantas y neumáticos, tres cajas volcadoras de vuelco trasero y un chasis cabina doble tipo daily.”
ART.2°) Apruébese la rendición de cuenta para la utilización de los fondos solicitados para la adquisición de los vehículos mencionados en el artículo anterior
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de septiembre de 2019.
Descargar doc: