Expte. Nº 7.168/20

 

VISTO:

La Ley 2.756, Arts. 41º Inc. 11, 39º Inc. 21.

La Ordenanza N° 2.713/20 Ejecución de Gastos del Concejo Deliberante Año 2019, y

 

CONSIDERANDO:

Que es facultad del Concejo Deliberante “examinar, aprobar o rechazar las cuentas de gastos ordinarios y extraordinarios que deberá presentar anualmente la Intendencia en el mes de Abril “; según el Art. 39º Inciso 21 de la Ley 2.756.

Que en función del Decreto Nº 1.369/2020, se otorgó una prórroga para cumplimentar la presentación anual durante el período de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” establecido por el Decreto Nacional 297/2020 y sus concordantes y ampliatorios, con más treinta (30) días posteriores a su levantamiento.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.714/2.020

 

ART.1º) Apruébase el Estado Patrimonial y la Ejecución del Presupuesto al 31/12/19, con todos sus cuadros y anexos, presentados por el Departamento Ejecutivo Municipal a este Concejo Deliberante en un total de 51 folios.

 

ART.2°) Incorpórese la Ordenanza N° 2.713/20 Ejecutado de Gastos del Concejo Deliberante correspondiente al período 2.019, a la presente Ordenanza, a fin de que forme parte del Estado Patrimonial y Ejecución Presupuestaria al 31/12/2.019 de la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 3 de septiembre de 2.020.

Descargar doc:

_2714-20 expte.7168-20 Ejecucion Presupuesto 2019

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