Expte. Nº 7.520/21

VISTO:

La Ley 2756, Ley Orgánica de Municipalidades,

Ley Nacional Nº 27.103, modificatoria de la Ley Nº 12.665 de Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos,

La Declaración N° 456, de patrimonio histórico el inmueble de Olímpico Foot Ball Club, y

CONSIDERANDO:

Que “Olímpico Foot Ball Club” fue fundado en nuestra ciudad el día 21 de septiembre de 1942. Esta institución desde su comienzo fue impulsada por un grupo de jóvenes, dedicándose especialmente a la práctica deportiva del Fútbol en terrenos ubicados en el núcleo poblacional de Villa Diego.

Que, actualmente y desde hace unos años, el club se encuentra emplazado en la calle Mitre al 1.155, contando con instalaciones adecuadas a las demandas deportivas y administrativas propias de la institución.

Que a la fecha se practican tres disciplinas deportivas: Boxeo, judo y Kung-fu; en las cuales participan niños, niñas y jóvenes. En relación a ello el club contiene aproximadamente a más 130 niños, niñas y jóvenes de diferentes edades, entre todas las disciplinas.

Que en el año 2018 este Concejo declaró patrimonio histórico de Villa Gobernador Gálvez al edificio del Club, contemplando su trayectoria histórica como entidad social y deportiva de la ciudad.

Que en los últimos años la institución ha venido atravesando una compleja situación a causa del avance y la resolución de un juicio laboral iniciado en el año 2.011 contra el club; por este acontecimiento su Comisión fue anoticiada que el día 19 octubre del corriente las instalaciones de calle Mitre serán rematadas para abonar el monto millonario fijado en la sentencia del juicio y así también los costes del procedimiento.

Que desde acontecidas estas novedades, tanto el Departamento Ejecutivo Municipal como este Concejo Deliberante se pusieron a disposición de la institución deportiva para establecer una agenda de trabajo conjunta, y así brindar herramientas en vista de solucionar el conflicto concerniente.

Que ante esta compleja situación financiera es necesario establecer acciones que propendan a encontrar una solución económica que desactive la posibilidad de un remate de las instalaciones de la entidad.

Que, en consecuencia, es necesario autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir donaciones, tanto de entidades públicas y/o privadas así como de particulares, para aportar una solución económica y contribuir a resolver la acuciante situación de la institución Olímpico Foot Ball Club.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.812/2.021

ART.1º) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a recibir donaciones de entidades públicas y/o privadas, así como de particulares, destinadas a resolver la compleja situación que atraviesa la institución Olímpico Foot Ball Club; producto de una sentencia judicial en su contra que compromete sus instalaciones de calle Mitre 1.155.

ART.2) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará a este Concejo un informe detallado de lo recibido en concepto de donación, autorizado en el artículo primero de la presente, de forma mensual, hasta haberse subsanado el conflicto, o que se cesara su intervención.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de septiembre  de 2.021.

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