Ord. N° 2909/2022 Creación del Festival Municipal de Chamamé

Expte. Nº 7.872/22

VISTO:

Ley Nacional N° 26.558 “Reconócese al género musical folclórico denominado Chamamé como parte integrante del patrimonio cultural argentino”.

Decl. N° 589/21 “El Concejo Deliberante declara persona destacada de la ciudad de Villa Gobernador Gálvez al Sr. Nicolás Oscar Dettler por su trayectoria en el ámbito de la cultura y el legado musical en el chamamé”.

Decl. 499/18 “De Interés Cultural y Comunitario el 25° aniversario del Centro Recreativo Chamamecero”.

Decr. 1207/18 “Colocación de una placa conmemorativa en la Plaza Nuestra Señora de la Paz en honor al legado artístico, cultural y social del Señor Ramón Merlo”.

Decr. 1037/17 “Para la construcción de una base y colocación de una placa con su nombre en La Plaza del Chamamé”.

Decl. 382/16 “Interés Cultural y Comunitario del Municipio de Villa Gobernador Gálvez el día del Chamamé”.

Ord. 2155/13 “Se denomine “Plaza del Chamamé” a la plaza ubicada en calle Filippini entre Chubut y Pueyrredón”.

Decl. 223/11 “Artista destacado Gabriel “Chochi” Dure”.

Decl. 220/11 “Interés Cultural Festival de Chamamé de Barrio Ghiglione”.

Decl. 205/10 “Adhesión al Día Nacional del Chamamé”.

Ord. 1895/10 “Monumento y placa en homenaje a Ramón Merlo”, y

CONSIDERANDO:

Que en diciembre de 2020 la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) en la XV reunión del Comité Intergubernamental celebrada en París decidió incorporar al chamamé como parte del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Humanidad siendo esta una oportunidad para profundizar las investigaciones sobre el género, trabajar en la implementación de políticas públicas y la difusión de sus artistas por fuera de las fronteras de las provincias del litoral argentino.

Que la Ley Nacional N° 26.558 reconoce al género musical folclórico denominado Chamamé como parte integrante del patrimonio cultural argentino y al mismo tiempo se declara de interés cultural nacional su preservación, recuperación y difusión.

Que en ese mismo sentido Villa Gobernador Gálvez ha incorporado al chamamé dentro de su patrimonio cultural a través de la Declaración 205/10 mencionando que “nuestra Ciudad ha sido receptora de una fuerte corriente migratoria de mujeres y hombres que llegaron de las provincias del Noreste, especialmente del Chaco, Entre Ríos y Corrientes” y que “como parte de su equipaje fueron trayendo sus costumbres, sus creencias y su música, la que fue integrándose con otros ritmos hasta ser una de las expresiones musicales más difundidas, siendo nuestra ciudad cuna de destacados artistas que supieron llevar al género  a lo largo del país y el mundo. Por todo esto el Chamamé es parte de nuestra identidad y como tal debemos rendirle un merecido reconocimiento”.

Que, dentro de esta corriente migratoria, ha sido receptora durante la década del ´50, ´60 y ´70 de músicos que venían en busca de un futuro mejor en cuanto a lo laboral y desde aquí han desarrollado gran parte de su carrera artística con gran importancia a nivel provincial y nacional.

Que tal es el caso del entrerriano Ramón Merlo quién después de haber vivido en barrio Saladillo de Rosario vivió durante algunos años en el barrio Pueblo Nuevo de nuestra localidad donde comenzó a incursionar en la organización de eventos y en su incipiente carrera solista como acordeonista.

Que su primera experiencia fue realizando bailes en el recordado Cañonazo Football Club que estaba ubicado en la intersección de las calles Buenamesón e Italia, lugar donde concurrían cientos de personas durante los fines de semana para escuchar a figuras de primer nivel de chamamé y otros géneros.

Que desde ese momento Ramón Merlo se estableció como una figura icónica de nuestra ciudad a pesar de que a principios de la década del ´70 decidió marcharse a Rosario donde quedaría marcado para siempre con el “Rancho de Ramón Merlo”.

Que en ese sitio y con el objeto de reconocerlo este Concejo Deliberante impulsó la colocación de una placa conmemorativa en su homenaje y en honor al legado artístico, cultural y social a través de la Ordenanza 1895/2010 y el Decreto 1207/18.

Que, además, esta institución destacó a Nicolás Oscar Dettler, más conocido como Oscar Ríos, como personalidad destacada en el ámbito de la cultura. Dettler, oriundo de Entre Ríos, es un artista con más de sesenta años de trayectoria, vivió prácticamente toda su vida en Pueblo Nuevo y dentro de sus galardones se encuentran haber integrado los conjuntos de Ramón Merlo, Abelardo Dimotta, Justo Pastor Borda, Antonio Tarragó Ros, Tarragó Ros y Los Reyes del Chamamé, con quienes obtuvo el premio revelación en el Festival de Cosquín.

Que otras de las figuras destacadas por esta institución fue Gabriel “Chochi” Duré que si bien también nació en Entre Ríos desde pequeño comenzó a desarrollar la ejecución del acordeón en nuestra ciudad. Cuenta con una gran trayectoria en el género chamamé, participó en más de cuarenta trabajos discográficos de diferentes artistas de primer nivel de los cuales dos de ellos fueron con Teresa Parodi y actualmente reside en España.

Que Villa Gobernador Gálvez posee un espacio público en barrio Alto Verde, más específicamente en Filippini entre Chubut y Pueyrredón, que por iniciativa de las y los vecinos lleva por nombre “Plaza del Chamamé” y fue realizado en pos de “continuar con la preservación y la difusión de este género tan arraigado en nuestra ciudad”. Algunos años más tarde se aprobó la construcción de una base y colocación de una placa con su nombre en el espacio antes mencionado.

Que por la raigambre que tiene el chamamé en la ciudad. como se mencionó en el presente proyecto, existen razones de sobra y antecedentes para que Villa Gobernador Gálvez pueda tener institucionalizado un Festival Municipal de Chamamé donde se expresen los artistas locales, se le dé lugar a aquellos que están haciendo sus primeros pasos en el camino de la música o la danza y seguir siendo una referencia ineludible del género.

Que contar con un Festival de este estilo va a seguir consolidando nuestra identidad villagalvense, siendo hoy el chamamé un género que trasciende generaciones y clases sociales.

Que sería una oportunidad para visibilizar otras facetas del chamamé como son la danza, literatura, historia, artesanías y gastronomía. Puntualmente la danza o la ejecución de instrumentos pueden ser el nexo con instituciones educativas para también desarrollar charlas y que las nuevas generaciones conozcan más sobre el género.

Que en el mismo sentido, en el marco del Festival y con un abordaje más amplio, debido a la rica historia del chamamé en la ciudad se pueden realizar muestras fotográficas, talleres de danza  e incluso capacitaciones a músicos de Villa Gobernador Gálvez y ciudades aledañas.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.909/2.022

ART.1°) Créase el Festival Municipal de Chamamé a realizarse durante el mes de Septiembre de cada año.

ART.2°) El Festival Municipal de Chamamé se desarrollará en un sitio que la Municipalidad considere pertinente, teniendo en cuenta que sea con dimensiones para grandes convocatorias, con accesibilidad para la concurrencia y contará con referentes locales del género en la organización del evento.

ART.3°) El Festival Municipal de Chamamé tendrá por objetivos:

  • Fomentar a los nuevos valores del género dándole espacio y visibilidad.
  • Incentivar a los músicos y ballets locales para presentar sus producciones musicales y escénicas.
  • Establecer contactos y relaciones con músicos y ballets de otras localidades.
  • Ahondar en el fomento y conocimiento de la cultura litoraleña dentro de las cuales están las artesanías, comidas típicas, historia y literatura.
  • Ser referencia en el circuito de festivales chamameceros de la provincia.
  • Brindar acceso a espectáculos musicales del género para la población de nuestra ciudad y otras.

ART.4°) La Coordinación de Cultura o el área a que a futuro la reemplace tendrá a cargo la organización de dicho evento.

ART.5°) El Departamento Ejecutivo Municipal incorporará al presupuesto anual la partida correspondiente para la ejecución de la presente Ordenanza.

ART.6º) El Departamento Ejecutivo Municipal elevará al Concejo Deliberante una copia de los acuerdos comerciales de sponsorización que realice para la concreción del Festival Municipal de Chamamé.

ART.7°)  Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de octubre  de 2.022.

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