Ord. Nº 2758/2021 Aceptación de donación de superficie para ensanchamiento de calle Av. Libertador

Expte. Nº 7.293/21

VISTO:

El Expediente Municipal Nº 55.275/2020 de fecha 09 de diciembre de 2020 por el cual el señor RÓMULO SOUZA SANTANA y la señora VALERIA PAULA KRAUSE, en representación de la firma PRAXAIR ARGENTINA S. R. L. solicitan la aceptación de la donación de las calles públicas en un todo de acuerdo a los planos que se adjuntan.

La Ley 2756, la Ordenanza Nº 2033/12 y Ordenanza Nº 2043/12, y

 

CONSIDERANDO:

Que EL PROPIETARIO ha efectuado la correspondiente donación de calle a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según acta de donación inserta en los folios 7,8 del presente expediente.

Que de acuerdo al Código Urbano Municipal aprobado por Ordenanza Nº 1144/95 se cumplimentaron con los anchos oficiales establecidos en las calles a donar.

Que el lote a donar para el ensanche de Av. Libertador cumple en un todo de acuerdo al contrato celebrado entre la firma PRAXAIR ARGENTINA S. R. L. y la MUNICIPALIDAD DE VILLA GOBERNADOR GÁLVEZ del día 22 de abril del año 2019 inserto en los folios 2 a 5.1.

Que la parcelas se ubican dentro de la zona urbana de acuerdo a lo establecido por Ordenanza Nº 1144/95.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.758/2.021

ART. 1º) Acéptese la donación de una fracción de 3.045,56 m² de superficie destinado al ensanche de Av. Libertador en el tramo comprendido entre Av. Gral. San Martín y Calle Pasteur (Lote A) a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez, según plano de mensura, de la Sección Catastral 7, Manzana 23, en la zona urbana de la ciudad y cuyo dominio es: Tomo Nº 315A – Folio Nº 918 – Numero 1120704 de fecha 21/08/68, estando empadronadas bajo la partida de impuesto inmobiliario Nº 16-08-00-344231/0000-8.

ART. 2°) Hágase constar que la escrituración del predio cedido para calle pública se llevará a cabo dentro de los 90 días de la fecha de aprobación de la presente Ordenanza ante Escribano Público que designe la Municipalidad.

ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 11 de febrero de 2021

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