ORDENANZA N° 3173/2025 – se autoriza al DEM a realizar gestiones ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) para la realización de psicofísicos; y PROY ORDENANZA; adhesión al decreto N° 196/2025

Expte. Nº 8.893/25

VISTO:
El Decreto Nacional N° 196/25, que elimina la Licencia Nacional de Transporte
Interjurisdiccional (LiNTI) y delega la emisión de licencias profesionales (categorías C, D, E) a
las jurisdicciones adheridas al SINALIC, permitiendo descentralizar los exámenes psicofísicos;
La posibilidad otorgada a los municipios de incorporarse como prestadores autorizados
para la realización de exámenes psicofísicos requeridos para las licencias profesionales;
La necesidad de garantizar el acceso equitativo y territorialmente justo a este derecho
habilitante para el trabajo de conductores profesionales, y
.
CONSIDERANDO:
Que la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), organismo dependiente del
Ministerio de Transporte de la Nación, es la entidad encargada de coordinar el Sistema Nacional
de Licencias de Conducir (SINALIC) y supervisar las políticas públicas de seguridad vial en el
país;
Que, con la eliminación de la LiNTI, se ha transferido a las jurisdicciones provinciales y
municipales la facultad de otorgar licencias profesionales y realizar los exámenes psicofísicos
correspondientes;
Que en la actualidad los conductores profesionales de Villa Gobernador Gálvez deben
trasladarse a la ciudad de Rosario para acceder a prestadores habilitados, lo que implica mayores
costos económicos y logísticos;
Que este obstáculo territorial y económico perjudica el ejercicio de un derecho
fundamental como el acceso al trabajo, especialmente para sectores que utilizan vehículos para
su actividad laboral diaria;
Que la descentralización planteada por la nueva normativa nacional permite al municipio
convertirse en prestador local, fortaleciendo su rol institucional y facilitando un servicio de
proximidad para la comunidad;
Que sería conveniente avanzar en la implementación local de los exámenes psicofísicos
mediante convenios con prestadores autorizados y adecuación de la infraestructura municipal;
Que contar con un centro habilitado en el ámbito local reducirá significativamente las
dificultades de los vecinos y vecinas para acceder a su licencia, promoviendo la inclusión, la
igualdad de oportunidades y el desarrollo laboral;
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.173/2.025

ART.1°) La Municipalidad adhiere a lo dispuesto por el Decreto N° 196/2025 y se inscribe en el
SINALIC como jurisdicción habilitada para emitir licencias nacionales de conducir de las

categorías C, D y E, vinculadas al transporte profesional.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 7 de agosto de 2.025.

AUTORA: PATRICIA GONZALEZ.

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