Ord. Nº 2745/20 Caducidad de los convenios de pagos en la Ordenanza 2.458/17.

Expte. Nº 7.272/20

VISTO:

La Ley 2756 Art 41 inc 3.

Código Tributario Municipal Ordenanza 1451/99 y modificatorias.

La Ordenanza 2458/17 Régimen especial de regularización y facilidades para el pago de T.G.I, Derecho Cementerio y DREI.

La Ordenanza 2725/2020 “Régimen de regularización y facilidades de pago”, y

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza 2458/17 estableció un régimen especial y de regularización y facilidades para el pago de T.G.I, Derecho Cementerio y DREI, por el cual se celebraron oportunamente en ese marco una serie importante de convenios de pago.

Que muchos de estos convenios no fueron abonados en tiempo y forma por lo que se declaró la caducidad establecida en el Art 9 de dicha Ordenanza, la cual establecía como supuestos de caducidad tener tres cuotas consecutivas impagas o cinco cuotas impagas alternadas, pero dichos supuestos no contemplaban la posibilidad para establecer la caducidad de un plan de regularización, cuando se encuentren impagas una o más cuotas pasados 60 días corridos desde el vencimiento de la última cuota suscripta en el convenio. Este último supuesto ya se encuentra incorporado en el nuevo régimen de regularización y facilidades de pago y en el régimen permanente de facilidades de pago.

Que dada esta situación al día de la fecha se encuentran como vigentes convenios realizados en el marco de la Ordenanza 2458/17 en los cuales quedaron impagas una o más cuotas transcurriendo holgadamente los 60 días corridos desde el vencimiento de la última cuota suscripta en el convenio y que no pueden ser considerados caducos por no encuadrar en dentro de los 2 supuestos de caducidad establecidos oportunamente por la Ordenanza 2458/17.

Que dado el principio de tipicidad que rige en materia tributaria es necesario dictar una normativa específica que permita dar de baja a los convenios que tengan una o dos cuotas vencidas impagas que se hayan formalizado en marco de la Ordenanza 2458/17, para que de esa forma puedan acogerse al nuevo plan de regulación y facilidad de pago establecido por la Ordenanza 2725/2020.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA Nº 2.745/2.020

ART.1°) Declárese la caducidad de los convenios de pagos celebrados en el marco de la Ordenanza 2.458/17, para el supuesto que hayan quedado impagas una o más cuotas luego de transcurrido 60 días corridos del vencimiento de la última cuota suscripta en el convenio.

ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de diciembre de 2.020.

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