Ord. Nº 2760/2021 Creación del Programa de Catalogación, Inventariado y Digitalización del patrimonio del Museo Municipal “Dr. Raúl Malatesta” de Villa Gobernador Gálvez.

Expte. Nº 7.310/21

VISTO:

Ley Nacional N° 12665, de Creación de la Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos;

Ley Provincial 12.955 de protección, preservación y conservación del acervo natural, histórico y cultural de los museos de la Provincia de Santa Fe;

Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756;

Ordenanza N° 2513/18, Ratificación a la universalidad jurídica “Museo Municipal de Villa Gobernador Galvez Dr. Raúl Malatesta”;

Declaración Nº 213/2011, Declara institución destacada de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez, a la Asociación Amigos del Museo Municipal de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez;

Declaración 378/14, de Interés Cultural y Social al 30 aniversario del inicio de actividades del Museo Municipal de VGG Dr. Raúl Malatesta.

Declaración 361/16, de Interés Cultural y Social al 30° aniversario del funcionamiento de la Asociación Amigos del Museo Municipal de la Ciudad de Villa Gobernador Gálvez

Declaración 363/16, de Interés Municipal, Cultural y Educativo al certamen de la Asociación Amigos del Museo Municipal, llamado “Nadie ama lo que no conoce”; y

 

CONSIDERANDO:

Que este 25 de febrero celebramos el 133 aniversario de la fundación de Villa Gobernador Gálvez.

Que desde aquel día de 1888 en el cual el Ingeniero Enrique Mosconi (padre) obtenía del entonces gobernador José Galvez la autorización para fundar el pueblo, cada generación de villagalvenses hizo su aporte al crecimiento y desarrollo de la localidad, hasta llegar a constituirla en uno de los principales núcleos a nivel poblacional, industrial y comercial de nuestra provincia.

Que resulta justo homenajear en esta oportunidad a quienes nos antecedieron (padres, tíos, abuelos, y más atrás en el tiempo, aquellos primeros pobladores), manteniendo vivo su legado de trabajo duro, esfuerzo, y su sentimiento de comunidad.

Que el Museo Municipal “Dr. Raúl Malatesta”, es una reconocida institución de nuestra ciudad, nacida en el año 1986 gracias a la iniciativa de un grupo de ciudadanos interesados en preservar el pasado histórico – cultural y difundir la historia de la ciudad de Villa Gdor. Gálvez y su gente; y que  desarrolla sus actividades con el invaluable impulso de la Asociación Amigos del Museo, y el trabajo de su Comisión Directiva.

Que en sus salas pueden apreciarse piezas de gran interés para los villagalvenses, como los restos fósiles de un gliptodonte  hallado en las barrancas del Río Paraná; la clasificación de  planos que van desde el siglo XVIII hasta 1985 que hizo posible un estudio realizado sobre la evolución de la propiedad de la tierra en distrito Villa Gobernador Gálvez; también la recepción y restauración del mobiliario que perteneciera a Teodelina Fernandez de Alvear, entre tantas otras.

Que, asimismo, en sus salas se realizan múltiples muestras y exposiciones, en su sede de Juan B. Justo 1920 desde el año 1994, y en su nueva sede de calle Juan D. Perón 1710 desde el año 2016; muchas de las cuales han sido apoyadas y promovidas por este Concejo Deliberante, a través de sus diversas conformaciones.

Que, tal como estipula la Ley Provincial de Museos Nº 12.955, sancionada en el año 2008, el Museo Municipal funciona con carácter permanente y abierto al público, con el objetivo de reunir, conservar, ordenar, documentar, investigar, difundir y exhibir para fines de estudio, educación y contemplación, colecciones de bienes de valor histórico, artístico, científico, técnico o cualquier otra naturaleza cultural, cuya misión es impulsar el desarrollo de la sociedad mediante el rescate, conservación y comunicación del acervo histórico cultural y natural, tangible e intangible.

Que, así como la sociedad villagalvense se encuentra en un proceso de continuas transformaciones, también los museos van evolucionando, y aprovechando el valor agregado de las nuevas tecnologías, para generar más y mejores maneras de vincularse con su público.

Que esa tarea, por la complejidad del objetivo impuesto,  y la importancia que reviste para la comunidad, merece el apoyo desde todos los niveles del estado.

Que en consecuencia se estima de interés dar los pasos necesarios para llegar a la digitalización de los documentos y bienes contenidos en el Museo, con el doble objetivo de aportar a su resguardo y preservación; y facilitar su divulgación, a través de distintos formatos y soportes.

Que la posibilidad de contar con copias digitales de los documentos y distintos bienes históricos exhibidos en el museo, será beneficiosa para la ciudad, en tanto facilitará su difusión y utilización con fines pedagógicos, simplificará el acceso a los mismos a quienes pudieran estar interesados en la investigación histórica; y en definitiva, constituirá un aporte que ayude a reconocer las variadas identidades que coexistieron (y coexisten) en nuestra comunidad, sus relaciones, similitudes y diferencias, en orden a la construcción consciente de un futuro común.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA Nº 2.760/2.021

ART. 1º) Creación del programa.

Créase el programa de Catalogación, Inventariado y Digitalización del patrimonio del Museo Municipal “Dr. Raúl Malatesta” de Villa Gobernador Gálvez.

ART.2°)  Ejecución del programa.

La ejecución del programa se llevará a cabo de manera coordinada, entre la Asociación Amigos del Museo Municipal Dr. Raúl Malatesta; y la Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura del Departamento Ejecutivo Municipal; y se invitará a instituciones y personas interesadas en la temática a colaborar y realizar aportes.

 ART.3°) Objetivos del Programa

Son objetivos del programa:

1)    Realizar el catálogo, inventariado y digitalización del patrimonio del Museo Municipal Dr. Raul Malatesta.

2)    La creación de copias adicionales de seguridad de aquellos registros que resulten de mayor valor e interés, a los fines de asegurar su preservación.

3)    Facilitar el acceso de la población a las copias de documentos, y bienes de interés histórico, tanto a través de formatos digitales y/o internet.

4)    Permitir la realización de procedimientos de mejora de las copias digitalizadas de fotografías, imágenes y textos a los fines de facilitar su apreciación por el público.

ART.4°) La Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura del Departamento Ejecutivo Municipal distribuirá copias del trabajo finalizado entre las escuelas de la ciudad.

ART.5°) En el marco de acciones del Programa de Digitalización, la Secretaría de Gobierno, Educación y Cultura del Departamento Ejecutivo Municipal  realizará campañas y acciones de divulgación, destinadas a incentivar a quienes posean material de importancia histórica vinculado a Villa Gobernador Gálvez, lo faciliten al Museo Municipal “Dr. Raúl Malatesta”, a los fines de posibilitar su resguardo mediante la realización de copias digitales que pasarán a formar parte del patrimonio de la institución.

ART.6°)  El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Galvez pondrá a disposición del Programa de Digitalización aquellos archivos que pudieran resultar de valor histórico, para los fines instituidos en la presente norma.

ART.7°)  Exímese al Museo Municipal Dr. Raul Malatesta y a la Asociación Amigos del Museo Dr. Raúl Malatesta de las tasas y contribuciones municipales que pudieran gravar su actividad; e invítese a los entes privados concesionarios de servicios públicos, a la aplicación de tasas de  preferencia a los mismos, en los términos establecidos por la Ley Provincial 12.955.

ART.8°)  Impútense los gastos que demande la ejecución de la presente Ordenanza al presupuesto vigente, autorizando al Departamento Ejecutivo Municipal a realizar las modificaciones pertinentes para dar cumplimiento a la presente norma.

ART.9°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 19 de marzo de 2.021.

Descargar PDF: Ordenanza 2760-21

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