Expte. Nº 8.029/23
VISTO:
Las gestiones realizadas en la década del noventa por el Departamento Ejecutivo Municipal ante el Superior Gobierno Provincial bajo los períodos de gobierno del Intendente Pedro Jorge González para incorporar al patrimonio municipal las tierras correspondientes del denominado Parque Regional Sur gran Rosario;
La Ley Provincial Nº 11.317, Transferencia del Superior Gobierno de Santa Fe de las tierras del Parque Regional Sur del gran Rosario a los municipios de Rosario y Villa Gobernador Gálvez,
La promulgación de la Ley 11.317 de fecha 26 de diciembre de 1.995;
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756;
La Ordenanza Nº 785/92.
La Ordenanza Nº 1.093/95, Declaración Zona de Reserva Ecológica y Área Protegida,
La Ordenanza Nº 1.166/96, y
CONSIDERANDO:
Que el Parque Regional Sur del gran Rosario normativamente tuvo su nacimiento con la promulgación del decreto ley Nº 6.758/71 de la Provincia de Santa Fe y por intermedio de la Ley Provincial Nº 7.009 del año 1973 y sus modificatorias Ley 7.161 del año 1.974. Conformado en su totalidad por ciento treinta y cuatro hectáreas, treinta y cinco de ellas ubicadas al norte del arroyo Saladillo en territorio de la ciudad de Rosario y las restantes noventa y nueve hectáreas en nuestra ciudad.
Que el espacio verde de referencia, más precisamente la porción emplazada en nuestra ciudad se caracterizó por ser un lugar de vegetación virgen, con gran variedad de especies, donde registros apuntan una aproximación de alrededor de doscientas especies vegetales nativas, desde grandes algarrobos y molles hasta orquídeas y flores delicadas poco conocidas; más de 125 especies de aves y gran variedad de pequeños mamíferos, reptiles y anfibios.
Que Pedro Jorge González fue un vecino de nuestra ciudad que oportunamente ejerció el cargo de Intendente Municipal en tres períodos consecutivos desde el año 1.991 hasta el año 2.003, año que asumió como Diputado Nacional por la Provincia de Santa Fe hasta el año 2.007; para regresar como Concejal de la ciudad en el año 2.009 y retomar la conducción del gobierno municipal en el año 2.011; período final que culminó en el 2.015 donde el signado asume nuevamente como Concejal y ejerce dicho cargo hasta su renuncia por cuestiones de salud en el año 2.016.
Que sus actos de gobierno siempre fueron enfocados en brindarle a la comunidad las respuestas necesarias a las carencias que nuestra ciudad tenía, desde el punto vista industrial y empresarial, económico y social, infraestructura, ambiental, sanitaria, educativa, cultural, etc. Siempre haciendo hincapié en los que menos tenían y más desprotegidos estaban ante las problemáticas enunciadas.
Que un sinfín de eventos podríamos detallar a lo largo del presente, la descentralización del transporte urbano de pasajeros, terminando con un monopolio que reinaba localmente al lograr el ingreso de otras líneas de colectivos a la ciudad. La construcción del puente sobre el arroyo Saladillo a la altura de hoy Raúl Alfonsín, que comunicó a miles de ciudadanos con la vecina localidad de Rosario. La celebración de la Fiesta del Inmigrante, revalorizando el esfuerzo de muchos que llegaron a estas tierras. Eventos de alto nivel cultural en el Anfiteatro construido bajo sus mandatos ejecutivos.
Que nuestra ciudad sufrió desde tiempos remotos los constantes desbordes del arroyo Saladillo, poniendo en jaque año tras año en la mayoría de las veces a los habitantes de las secciones catastrales Nº 9ª; 11ª y 15ª, siendo la más dolorosa y cruenta inundación la sufrida en el año 1.986 donde no solo anegó terrenos de las secciones mencionadas, sino que abarcó otros sectores de la ciudad donde se calcula que afectó a más de 1.200 hectáreas. También las crecidas estacionales del Río Paraná asolaban a toda la zona de la Ribera. Pues ante esta situación las gestiones del Intendente referido lograron obras hídricas tendientes a solucionar los problemas enunciados, y tras ellas llegaron a nuestra ciudad el ensanche del arroyo Saladillo donde de 22 metros de ancho se lo llevó a 66 metros, un terraplén de contención de crecidas del mismo y un sistema de compuertas esclusas. En el mismo sentido a nuestra Ribera llegó también un terraplén de contención de crecidas del río Paraná, una laguna para actuar como reservorio con sistema de bombeo. Al mismo tiempo la construcción del nuevo puente Molino Blanco de ambos sentidos de circulación.
Que dentro del ejido urbano de la ciudad acompañó a las obras detalladas en el párrafo anterior con grandes desagües pluviales, como ser el del Barrio Ibarra, que se emplaza desde el mencionado cursando las secciones 7ª; 9ª y 10ª hasta desembocar en el Saladillo. Otros iniciados y gestionados por el signado como ser los emisarios Marcos Paz y Magallanes. También el ensanche de avenidas como ser San Martín y Soldado Aguirre, nuevas columnas y luminarias del alumbrado público en los barrios
Que la instalación de industrias requiere de infraestructuras acordes que generen las condiciones necesarias para hacer posible su radicación, es por ello que durante las gestiones de gobierno del denunciado se recuperaron siete hectáreas en la sección 15ª para fundar las bases de la hoy Área industrial. En el mismo sentido la recuperación de terrenos al oeste de la Autopista Rosario – Buenos Aires en la sección 16ª para relleno sanitario hoy G.I.R.S.U.
Que la ampliación del hospital Anselmo Gámen y las gestiones en la cámara baja de la Nación para la construcción de dos Centros Integradores Comunitarios (C.I.C.) resultaron aportes muy valiosos a la calidad de vida de los habitantes de la ciudad, como así también la construcción de Dispensarios en distintos barrios para estar más cerca de las necesidades sanitarias de la comunidad.
Que se asentaron las bases para la llegada de la Multinacional Cargill S.A. con las mejoras pertinentes para el acceso desde Autopista Rosario – Buenos Aires del tránsito pesado, más antes en el tiempo con gestiones para la ampliación de una empresa del rubro cárnico y también carrocero, lo que significó la visita del entonces Presidente del país Dr. Carlos Saúl Ménem a nuestra ciudad, cerrando la misma con un acto en el anfiteatro donde se realizó la inauguración de la calesita pública gratuita para todos los niños y niñas de la ciudad, un anhelo concretado por Pedro Jorge González que venía a brindarles a aquellos que no podían abonar una entrada al carrusel las mismas oportunidades de disfrute de aquellos que contaban con la suma dineraria.
Que una de las gestiones más importante a las anteriormente mencionadas y muy beneficiosa para toda la comunidad fueron las que llevó adelante hace tres décadas para incorporar al patrimonio municipal las tierras correspondientes a nuestra ciudad del denominado Parque Regional Sur del gran Rosario. Noventa y nueve hectáreas de flora y fauna importantísimas para el cuidado ambiental, la protección ecológica y la sustentabilidad de los recursos naturales, temas de los que tanto hoy nos preocupa y nos interesamos en la actualidad de emitir medidas y acciones tendientes al cuidado del medio ambiente.
Que la Ordenanza Nº 785/92 del año 1992 en su articulado aprueba el Decreto nº 749 del mismo año del Departamento Ejecutivo Municipal, por el que se declara de interés público municipal, los terrenos del Superior Gobierno de la Nación designados en el plano de mensura y subdivisión Nº 74.442 como lotes Nº 1, 2, 4, 5, 8, 9 y 10; los que se ubican entre Av. San Martín, la prolongación de calle Maipú lindera con el parque y Av. de Circunvalación Pte. Arturo Illia.
Que en el año 1.995 este Cuerpo Deliberativo sancionó la Ordenanza 1.093 en virtud de la cual se declara zona de Reserva Ecológica y Área Protegida a el Parque Regional Sur: respecto a los terrenos que se encuentran en jurisdicción del Municipio, incluyendo “Campo El Saladillo ” y Vivero Municipal ya que engloba a la totalidad de los terrenos delimitados por el Arroyo Saladillo , la Avda. San Martín y traza de la Avda. Circunvalación incluyendo la longitud total de terrenos ubicados a ambas márgenes de la Avda. Circunvalación y franjas que bordean la Autopista Rosario Buenos Aires.
Que por Ordenanza Nº 1.166/96 el Concejo Deliberante declara de Interés Municipal la adquisición del lote limitado al sur por Av. de Circunvalación, al oeste por la Ruta Provincial Nº 21, al norte por calle Pública (sin abrir) y terrenos de Alfredo Roullion y otros , y al este por calle Pública (sin abrir) prolongación de calle Rivadavia según plano de mensura Nº 79.414/74; y en sus considerando reitera: “que toda la legislación citada en los vistos, ha sido dictada teniendo en cuenta la necesidad de preservar como espacios verde y/o área protegidas a las mencionadas, con fines pura y exclusivamente recreativos, deportivos, culturales y de esparcimiento, habiendo sido previsto además el carácter de reserva ecológica y pulmón de la ciudad”.
Que con antelación a la normativa expresada anteriormente el superior Gobierno de Santa Fe y por las gestiones ya manifestadas le otorga la propiedad de los terrenos que conforman el Parque Regional Sur del gran Rosario a esta y a nuestra ciudad. Acto legalmente respaldado por la Ley 11.317 del año 1995 cuya promulgación se fechó el día 26 de diciembre del mismo año.
Que en virtud de la cual, y por otras gestiones en donde el municipio fue incorporando terrenos al predio signado y en la parte correspondiente a nuestra ciudad se ocuparon 12 hectáreas para el emplazamiento de nuestro Parque Regional, destinándose al uso recreativo con la construcción de parrilleros, sanitarios, vestuarios, quinchos, salón para fiestas, granja con animales de corral, vivero, pileta de natación, canchas de fútbol, tenis, hockey, voleibol, bochas, etc. También se realizó forestación en distintos sectores del lugar, con la incorporación a estas tareas de alumnos y alumnas de distintas escuelas locales. Con la finalidad y el objetivo claro se dio inauguración al complejo social, polideportivo y natatorio bajo el mandato a nivel provincial del ingeniero Jorge Obeid el día 13 de marzo de 1.999.
Que la pileta del Parque en cuestión se merece un párrafo aparte, un hecho que al igual que la mencionada calesita vino a cumplir el rol de elemento de equilibrio de oportunidades para aquellos que la situación económica les impedía de gozar de complejos natatorios que requieren para ingresar a ellos un importante desembolso de dinero. Entonces fue y es utilizada por miles de personas, de nuestra ciudad, de las cercanías, una obra de alto contenido social favorable proyectada y ejecutada hace más de dos décadas. Y las instalaciones como ser los quinchos, parrilleros y demás obras allí presentes también vinieron a brindarles a la comunidad las posibilidades de disfrutar de la naturaleza y el esparcimiento sin que esto les genere gastos económicos elevados.
Que en el mismo sentido su salón de fiestas, puesto al servicio de los que por distintas celebraciones necesitaban un espacio físico que los albergara para la realización de las mismas, por donde numerosas personas de la ciudad celebraron casamientos, cumpleaños, despedidas de años y otros eventos sociales.
Que sus canchas fueron ocupadas por numerosos clubes de la ciudad, para la realización de prácticas, torneos, competencias, y distintas tareas deportivas para el beneficio de sus organizaciones civiles.
Que la granja y la huerta se brindaron como no solo espacio físico donde poder encontrar animales y verduras, sino que se crearon para mostrar las bondades de la tierra cuando se la cuida como corresponde y el cuidado y protección de animales en un hábitat natural y sin riesgo de la caza.
Que las canchas de bochas representaron uno de los deportes más apreciados por la sociedad, y no es por la popularidad, sino por quienes en su mayoría lo practican, y son nuestros adultos mayores, que encuentran en esta disciplina un lugar de esparcimiento y de demostración de sus dotes en el juego.
Que las gestiones, la transferencia del terreno, los trabajos en él ejecutados, la finalidad de la obra, se conjugaron, se articularon esfuerzos y hoy se alza imponente nuestro Parque Regional que lleva en sus entrañas la voluntad de personas que bajo el liderazgo de Pedro Jorge González mancomunadamente trabajaron para su realización y fue, es y será disfrutado por toda la comunidad.
Que el referido funcionario público nos dejara físicamente el 7 de mayo del año 2.017; y que el artículo Nº 16 de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que éstas podrán erigir estatuas o monumentos conmemorativos de personas o acontecimiento determinado dentro de su jurisdicción. Asimismo, podrán imponer el nombre de calles, plazas, o paseos o el cambio de nombre de los mismos por el de personas o acontecimiento determinado mediante ordenanza dictada a tales efectos. En todos los casos se requerirá los dos tercios de votos de los concejales en ejercicio si las personas viven o el acontecimiento es actual; y simple mayoría si hubiese transcurrido cinco años de su fallecimiento o del acontecimiento que la determina.
Que por ello es necesario dejar plasmado ese espíritu de lucha, esfuerzo, dedicación y servicio para que los y las ciudadanas de toda nuestra región sepan en cada oportunidad en la que disfrutan del complejo, que fue creado por y para ellos, y por lo cual nuestro Parque Regional merece ser llamado Intendente Pedro Jorge González.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 2.954/2.023
ART.1°) Desígnase a nuestro Parque Regional con el nombre de: INTENDENTE PEDRO JORGE GONZÁLEZ.
ART.2°) Colóquese una placa identificatoria con el nombre designado en el ingreso del parque mencionado según normando en el Artículo N° 1.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 13 de abril de 2.023.
“Año del 40° Aniversario de la Restauración Democrática en Argentina”.

