Expte. Nº 8.067/23
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756.
Ley N° 8.871, Ley Sáenz Peña.
Ley N° 13.010, Voto Femenino Obligatorio.
Ordenanza N° 1.947/10, Reglamento para el otorgamiento de Declaraciones.
Declaración N° 344/15, y
CONSIDERANDO:
Que el 9 de septiembre de 1.947 obtuvo sanción definitiva la Ley N° 13.010 de voto femenino
Que hasta ese momento los únicos habilitados para votar eran los hombres mayores de 18 años nacidos en el país y residentes de las 14 provincias que conformaban el territorio argentino puesto que Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén, La Pampa, Chaco, Formosa y Misiones eran considerados territorios nacionales, y por lo tanto, no eligieron autoridades hasta las elecciones de 1.951.
Que el Poder Ejecutivo había presentado el proyecto original en 1.946, integrando un conjunto de más de cuarenta proyectos de ley que Juan Domingo Perón había puesto en consideración del Legislativo como modo de apuntalamiento del Primer Plan Quinquenal.
Que la Ley 13.010 expresa en su artículo 1° que: “Las mujeres argentinas tendrán los mismos derechos políticos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que les acuerdan o imponen las Leyes a los varones argentinos”.
Que en el artículo 3° se dispone que “Para la mujer regirá la misma Ley electoral que para el hombre, debiéndosele dar su libreta cívica correspondiente como documento de identidad indispensable para todos los actos civiles y electorales”.
Que si bien la Ley 13.010 fue promulgada en 1.947, fue recién en 1.951 que las mujeres acudieron masivamente a las urnas posibilitando que en 1.952 se produjera el acceso a las bancas legislativas de 29 mujeres en el Parlamento Nacional.
Que el acceso de las primeras mujeres a cargos de legisladoras nacionales constituye un verdadero hito en nuestra historia.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACIÓN Nº 678/2.023
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez declara de interés social el 71° aniversario de la primera asunción de mujeres en cargos legislativos en el Congreso de la Nación Argentina. Hito producido el día 25 de abril de 1952 con la llegada al Senado de 6 mujeres y a la cámara baja de 23 mujeres y derivado de la Ley N° 13.010 sancionada en septiembre de 1.947, norma que consagró el voto femenino equiparando los derechos políticos entre mujeres y hombres.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de abril de 2023.
“Año del 40° Aniversario de la Restauración Democrática en Argentina”.

