ORDENANZA  Nº 3022/2024 – Contrato de Locación Inmueble Av. J. D. Perón 1153

Expte. Nº 8.296/24

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 Art. 11°.
La Ordenanza N° 2.890/22
La copia del contrato de locación del inmueble sito en Av. Gral. Juan D. Perón N° 1.153
donde funciona la dependencia de la Subsecretaría de Control y Convivencia Ciudadana-Área de
Prácticos de Tránsito, y

CONSIDERANDO:
Que mediante Ordenanza N° 2.890/22 este Concejo Deliberante autorizó al Departamento
Ejecutivo Municipal a prorrogar por contratación directa, por el plazo de 2 años, el contrato de
locación del inmueble ubicado en Av. Juan D. Perón 1.153 para que lo continúe utilizando la
dependencia de la Subsecretaría de Control y Convivencia Ciudadana que realiza los exámenes
prácticos de licencia de conducir.
Que dicho contrato tenía un plazo de duración de dos años desde el 01 de enero de 2.022 al
31 de diciembre de 2.023.
Que atento el vencimiento de dicho contrato y la necesidad de la Subsecretaría de Control y
Convivencia de contar con dicho inmueble, es que se solicita a este cuerpo la autorización para
renovar dicho Contrato.
Que es atribución del Concejo Deliberante en virtud de lo expuesto por el Art. 11° Ley
2756, para casos como éste, autorizar la Contratación Directa prescindiendo del Llamado a
Licitación.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.022/2.024

ART.1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir un contrato de locación
respecto del inmueble sito en Av. Gral Juan D. Perón N° 1.153 de la ciudad de Villa Gobernador
Gálvez de acuerdo al considerando de la presente. Se autoriza asimismo al Departamento Ejecutivo
Municipal a prescindir del Llamado a Licitación Pública y/o Licitación Privada y a celebrar el
contrato de locación por contratación directa.

ART.2°) El plazo de la locación se estipula en treinta y seis meses (36 meses) a contarse desde el
31 de diciembre de 2.023 al 31 de diciembre de 2.026.

ART.3°) El monto de la locación se estipula en la suma de pesos noventa y cinco mil ($ 95.000.-
mensuales suma que será actualizada trimestralmente tomando como referencia el índice de precios
al consumidor (IPC) que publica mensual y oficialmente el Instituto Nacional de Estadísticas y
Censos (INDEC), y para su cálculo se sumarán los índices correspondientes al período trimestral

vencido. Los impuestos estarán a cargo del Locador, mientras que la Municipalidad asume la
obligación de pago de los servicios.

ART.4°) Suscripto que fuere el mencionado Contrato se remitirá copia al Concejo Deliberante para
su conocimiento.

ART.5°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 14 de marzo de 2.024.

AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

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