ORDENANZA N° 3042/2024 – Facúltase al Ejecutivo Municipal a la realización de un convenio con la empresa Cargill SAIC

Expte. Nº 8.351/24

VISTO:
La Ley de Obras Públicas Provincial N° 5.188/60 y su modificatoria N° 5.239/60;
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756;
El Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 1.415/99 y sus Ordenanzas complementarias; y

CONSIDERANDO:
Que, la necesidad de realizar un plan de bacheo sobre el acceso portuario en pos de mejorar la
infraestructura de conectividad portuaria;
Que dicho bacheo se debe realizar sobre 1.600 metros cuadrados;
Que el Municipio cobra la Tasa de Control y Saneamiento al acceso de zona portuaria que, entre
otros, tiene como objetivo el mantenimiento vial al acceso de zona portuaria;
Que por la importancia de la obra a realizar no es posible llevarla a cabo con fondos recaudados
por dicha tasa, por lo que el municipio debe conseguir fuentes de financiamiento externas;
Que la empresa Cargill SAIC sujeto obligado a la recaudación de dicha tasa, mostró disposición
para realizar dicho financiamiento;
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.042/2.024

ART.1°) Facúltase al Ejecutivo Municipal a la realización de un convenio con la empresa Cargill SAIC,
mediante el pago a cuenta de Tasa de Control y Saneamiento de acceso a zona portuaria, con el objeto
de financiar la obra de bacheo de 1.600 metros cuadrados sobre el acceso portuario.

ART.2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de mayo de 2.024.

AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

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