Expte. Nº 1.621/98.
VISTO:
Las actuaciones diligenciadas con referencia específica a la solicitud presentada por las Autoridades de la Escuela Provincial Nº 1.266, respecto a la desafectación del Dominio Público del espacio verde propuesto para la construcción de la ampliación de dicha escuela, y
CONSIDERANDO:
Que los Señores propietarios han efectuado la correspondiente donación de los espacios verdes a la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez.
Que mediante Ordenanza Nº 890/93, el Concejo Deliberante aprobó la urbanización, aceptó la donación de una fracción de terreno ubicada en la Sección Catastral Nº 15º, designada como Manzana Nº 70A, delimitada por las calles Av. Pellegrini al Norte, Pasaje Capuchino al Sur, calle Nahuel Huapi al Este y calle Monte Caseros al Oeste, cuyas medidas son: 48,38 metros de frente al Este por 42,55 metros de fondo, encerrando una superficie de 2.058,57 m².
Que la Manzana contigua 71A ha sido afectada en su oportunidad para espacios verdes.
Que la Municipalidad de Villa Gobernador Gálvez no puede estar ajena a una inquietud que hace al progreso de la Ciudad, sobre todo teniendo en cuenta la importancia de contar con establecimiento educativo de esa naturaleza.
Por todo ello el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:
ORDENANZA Nº 1365/98
ART.1º) Desaféctese del Dominio Público y transfiérase al uso Privado una fracción de terreno de 48,38 metros de frente a sus costados Este y Oeste por 42,55 metros de su costado Sur y Norte, que es parte de la parcela ubicada en la Sección Catastral Nº 15º Manzana 70A, delimitada por las calles Av. Pellegrini, Pasaje Capuchino, Nahuel Huapí y Monte Caseros, encerrando una superficie de 2.058,57 m²; según Plano de Mensura Nº 135.127/94.
ART.2º) Procédase a la donación establecida en el Art. 1º de la presente Ordenanza a favor del Superior Gobierno de la Provincia la que se realiza con cargo del beneficiario, de construir la Escuela de Enseñanza Media en los Ciclos de la E.G.B.; quedando sin efecto la presente donación si así no se procediera.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 17 de Diciembre de 1998.
Presidente: Graciela Bonomelli
A/C Secretaria: Mario Correale
Nota: Revocada la donación por Ordenanza 1934/10