ORDENANZA N° 3202/2025 – Concesión Buffet Parque Regional Intendente Pedro J. González

Expte. Nº 9.010/25

VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 Art. 41º inc 3.
La Ordenanza N° 3.084/24.
El vencimiento del contrato de concesión del Buffet y kiosco del Parque Regional
Intendente Pedro Jorge Gonzalez, y

CONSIDERANDO:
Que mediante Ord. N° 3.048/2.024 de fecha 12/09/2.024 el Concejo Deliberante autorizó
al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar mediante concurso de ofertas el servicio de
Buffet en el predio del Parque Regional por el plazo de 6 meses a partir de octubre de 2.024.
Que el Decreto Nº 2.374/2.024 del Departamento Ejecutivo Municipal por el cual se
procede al llamado a Concurso de Ofertas para dar en Concesión el local de propiedad de la
Municipalidad, ubicado en el Parque Regional de la ciudad, con destino a servicio de Buffet y
Kiosco.
Que finalizado el proceso de Concurso de Ofertas se adjudicó mediante Decreto N°
2.490/2.024 del Departamento Ejecutivo Municipal la concesión del servicio de Buffet a la Sra.
Cams, Silvia Mariela, por el período de seis meses, a partir del día 01/10/2.024 al día
31/03/2.025 inclusive.
Que atento a estar vencido el mismo y por lo tanto vacante la concesión del servicio, en
miras a proceder a un nuevo llamado a Concurso de Ofertas, se solicita a este cuerpo la
autorización correspondiente.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones sanciona la siguiente:

ORDENANZA  Nº 3.202/2.025

ART.1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a concesionar por el plazo de 12
(doce) meses y mediante el procedimiento de Concurso de Ofertas el servicio de buffet y kiosco
en el predio del Parque Regional “Intendente Pedro J. Gonzalez”.

ART.2°) La concesión se otorga por el plazo de 12 (doce) meses a partir del mes de diciembre
de 2.025 y hasta diciembre de 2.026.

ART.3°) En cuanto a la “participación” se tendrá en cuenta “Las bases y condiciones para
participar del Concurso de Ofertas” que se encuentran en los Anexos I y II que son parte
integrante de la presente.
En cuanto a la “difusión” de éste, se deberá anunciar el Concurso por medio de avisos a
publicarse en carteleras transparentes ubicadas en lugar visible y de fácil acceso al público

dentro de la Municipalidad, así como también utilizar otros medios de divulgación, a saber:
página web oficial del municipio y un diario zonal de amplia circulación.
Se deberá permitir la participación de todo oferente que se presente en tiempo y forma,
sea que hubiese sido invitado o no”

ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 20 de noviembre de 2.025.

AUTOR: DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL.

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