Expte. Nº  3.614/09.

 

VISTO:

El proyecto de “Estabilización de la cascada y márgenes del Arroyo Saladillo”.

La Ley Nº 2756  – Art. 39º Inc. 33.

La Ordenanza 1.547/03 .

Las Minutas de   Comunicación  Nº   1.246/04 y 1.477/07 y

CONSIDERANDO:

            Que el Arroyo Saladillo posee un extenso cauce que se extiende a lo largo de 160 Km., encontrándose emplazadas en sus márgenes, las ciudades de Villa Gdor. Gálvez y Rosario, en los últimos 10 Km. de su recorrido.

            Que su caudal ha registrado crecidas periódicas, afectando especialmente a las poblaciones ubicadas en su cauce inferior;  debiendo mencionarse  las ocurridas en los años 1.940,  1..961, 1.966 y 1.986 como las de mayor impacto  en nuestra región.

            Que en 1.967 la Dirección de Hidráulica de la Provincia, elaboró un proyecto para la rectificación del cauce inferior a lo largo de  9 Km, salvando el desnivel de aproximadamente 12 metros, mediante tres rápidas de 4 metros de salto cada una.

            Que en 1.970 fueron  realizadas  las obras de rectificación del cauce sin ejecutar las rápidas, a excepción de la ubicada en la zona de Las Quebradas, que hoy representa la cascada.

            Que en el año 1.986, la Dirección de Hidráulica elaboró  un nuevo proyecto de canalización ampliando la capacidad de conducción  del arroyo hasta 550 m3/segundos. La  ejecución de la obra se concretó en el período 1.986-1.987,  resultando insuficiente, tal como quedó demostrado en la inundación de abril de 1.986, al registrarse un caudal superior a los 1.100 m3/segundo.

            Que influenciado por la canalización  del cauce del Arroyo  Saladillo y por las características geológicas del lecho,  se ha generado un salto de 10 metros, con barrancas de  hasta 18 metros de altura,  la que avanza en erosión retrógrada, llegando a desplazarse 150 metros durante la inundación de 1.986.

            Que la “Unidad Técnica de Inundaciones” de la Provincia de Santa Fe, desarrolló oportunamente  un estudio del comportamiento del arroyo, denominado “Control de Crecidas del Arroyo Saladillo”  por el que propuso:   “ un plan integral, que tienda a sistematizar, estabilizar y controlar la cuenca del Arroyo Saladillo, desarrollando los proyectos de inversión…”, distinguiendo  en función de las urgencias sociales y económicas que provocan las inundaciones, proyectos de obras a corto plazo, y proyectos de obras a mediano plazo.

            Que entre las obras de corto plazo, se decidió a) El ensanchamiento del cauce y  defensas mediante la construcción de terraplenes, en el tramo comprendido entre la Autopista a Bs. As.  y Avenida de Circunvalación. b)  La liberación física del valle de inundación, en el tramo Autopista – Circunvalación. c) La ampliación de la luz  de los puentes  existentes entre las vías del ferrocarril General Belgrano (límite Oeste de la ciudad de Rosario) hasta la desembocadura en el Río Paraná.  A la fecha las obras ya fueron concretadas.

            Que entre las alternativas de obras a mediano plazo, el estudio planteó, en su Ítems 5.2.1. a) Presas de retención, b) canales aliviadores, c) Transvasamiento de cuencas (considerándose las alternativas Río Carcarañá o Arroyo Frías),  d) Protección de la cascada, expresando que: “para cualquier solución alternativa factible, es imprescindible incluir la protección de la cascada.”

            Que como se puede observar, la obra de estabilizado de la cascada del Arroyo saladillo, es parte de un plan integral, abordado por distinta gestiones de gobiernos de la Provincia, y   destinado a controlar las crecidas periódicas del   cauce del arroyo y los efectos perjudiciales que modifican su entorno;  razón por la cual desde siempre ha sido preocupación de este cuerpo, alentar la concreción de la  obra, la que redundará en importantes beneficios para nuestra ciudad y la región.

            Que  por   lo  expuesto  más arriba,  resulta  auspicioso, que El Gobierno Provincial  lleve adelante gestiones para lograr el financiamiento  mediante  el Banco Mundial, de la obra de “Estabilización de la Cascada y Márgenes del Arroyo Saladillo” , dentro del  marco del “Programa de Inundaciones y Drenajes Urbanos” (PIDU),   expresando  este Concejo Deliberante,  su interés por la concreción de la misma.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

 

DECLARACIÓN Nº176/2009

 

ART. 1º)  El Concejo Deliberante de la ciudad de Villa Gdor. Gálvez, declara de interés municipal, la concreción  de la obra “Estabilización de la Cascada y Márgenes del Arroyo Saladillo”, cuya ejecución será dispuesta por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 10 de septiembre de 2.009.

Presidenta: Olga G. Coteluzzi

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

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