Expte.  Nº  5.600/15.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,

La Ordenanza N° 1947/2010,

La Declaración N° 333/2015y

CONSIDERANDO:

Que el Taller Protegido de Producción Villa Gobernador Gálvez es una Asociación Civil sin fines de lucro con Personería Jurídica Nº 751/95 cuyo funcionamiento comenzó en 1.995.

Que el Taller Protegido Villa Gobernador Gálvez forma parte de la Comisión Interinstitucional para la igualdad de oportunidades y de trato en el mundo laboral, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia de Santa Fe y además participan en la Comisión Nacional Asesora para la integración de las Personas con Discapacidad (CONADIS).

Que a través de la Oficina de Empleo Municipal, mediante el Plan Jóvenes con más y mejor trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación numerosos participantes del Taller Protegido Villa Gobernador Gálvez han accedido a puestos de trabajo formal logrando su inserción en

Distintas áreas laborales.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

DECLARACION Nº 339/2015.

ART. 1°) El Concejo Deliberante distingue a las empresas Briket S.A., Plasticraft S.R.L., Alto Impacto S.R.L., Cirubon S.A. y Fad Color por incluir laboralmente a jóvenes con capacidades diferentes que desempeñaban sus actividades en el Taller Protegido Villa Gobernador Gálvez.  

ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,   1 de octubre  de 2015

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