Expte. Nº 7.122/20
VISTO:
La apertura del Registro Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Social.
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ordenanza Nº 1947/10 Reglamento par el otorgamiento de declaraciones, y
CONSIDERANDO:
Que el Programa de Registros Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular, es una herramienta que permitirá acceder a programas de trabajo, seguridad social y capacitación. También facilitará la participación en redes de comercialización y la obtención de herramientas crediticias y de inclusión financiera.
Que este registro busca reconocer, formalizar y garantizar los derechos de los trabajadores y trabajadoras de la economía popular para potenciar su trabajo.
Que el ministro de Desarrollo Social de la Nación lanzó esta propuesta con el fin de Todos aquellos y aquellas que realicen actividades en el marco de la economía popular como vendedores ambulantes, feriantes o artesanas; cartoneras y recicladores; pequeñas agricultoras y agricultores; trabajadoras socio-comunitarias y de la construcción; quienes trabajen en infraestructura social y mejoramiento ambiental y pequeños productores y productoras manufactureras, entre otros rubros.
Que la inscripción se realiza online e incluye una herramienta de geolocalización. Podrán anotarse trabajadores y trabajadoras mayores de 18 años que llevan adelante su actividad en unidades productivas individuales o colectivas.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACIÓN Nº 552/2.020
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, le otorgue la mayor difusión por todos los medios disponible al Programa de Registros Nacional de Trabajadores y Trabajadoras de la Economía Popular.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de julio de 2.020.
Descargar doc:
