Exptes. Nº 8.356/24 y 8.357/24
VISTO:
La Constitución Argentina
Ley Orgánica de Municipalidades N°2.756; y
CONSIDERANDO:
Que el actual Ejecutivo Nacional presentó al Congreso de la Nación la “Ley de Bases y Puntos
para la Libertad de los Argentinos” y la Ley “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”que se trató en la
Cámara de Diputados en estos días.
Que la “Ley Bases” le otorga al Ejecutivo Nacional las facultades para privatizar y/o concesionar
empresas estratégicas para el interés nacional tales como Correo Oficial de la República Argentina S.A.,
Aerolíneas Argentinas S.A., Sociedad Operadora Ferroviaria S.E., Corredores Viales S.A., Intercargo
SAU, Radio y Televisión Argentina S.E., Energía Argentina S.A., Belgrano Cargas y Logistica S.A.,
Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. Así también prevé la privatización parcial de Yacimientos
Carboníferos Río Turbio (YCRT) y Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA).
Que en la historia reciente de nuestro país ya conocemos los resultados de las privatizaciones de
sectores estratégicos. Los servicios dejan de prestarse y los bienes de capital e inmuebles son vendidos a
fin de pagar deudas a costa de los usuarios.
Que estos procesos de privatización tiene como resultado la pérdida de cientos de puestos de
trabajo y la pérdida de soberanía por parte del Estado Nacional en sectores de sumo interés para el bien
común.
Que dicha ley le permite al Ejecutivo Nacional eliminar organismos y entidades públicas de
manera discrecional. Que a su vez a los trabajadores de dichos organismos pueden ser pasados a
disponibilidad por 12 meses y luego pueden ser desplazados si es necesario.
Que en esta iniciativa del Gobierno Nacional se eliminan las moratorias previsionales
suplantandose por una “Prestación de Retiro Proporcional” que equivale al 80% de la jubilación mínima
para todos los adultos mayores que no pudieron completar los 30 años de aportes y que además no deja
derecho de pensión por viudez.
Que las moratorias previsionales otorgadas a lo largo de los últimos años no se trata de una
dádiva sino de un derecho universal. Que estas moratorias tenían como principales beneficiarias a mujeres
mayores que toda su vida trabajaron en tareas del hogar y que hasta ese momento nunca habían recibido
un reconocimiento por parte del Estado. Que a su vez los beneficiarios fueron muchos hombres y mujeres
que trabajaron a lo largo de sus vidas en condiciones laborales precarias y totalmente informalizados
gracias a las diferentes leyes de flexibilización laboral emitidas durante la última dictadura militar y los
años 90.
Que como está planteada esta ley se aumentará la edad jubilatoria a 65 años para las mujeres. Que
la eliminación de las moratorias previsionales no son una respuesta al problema de la sustentabilidad del
sistema jubilatorio sino una medida demagógica en contra de los sectores más vulnerables y sobre todo
contra la población femenina.
Que el problema del sistema previsional argentino no es su carácter solidario intergeneracional
sino la falta de aportes contributivos por la caída del empleo registrado tanto en el sector privado como en
el público. Que frente a este problema en dicha “Ley Bases” se estipula eliminar las multas para los
empleadores que no registrase a sus trabajadores y condonar las deudas que existieran por esta situación
de irregularidad. Que no solo es un castigo a los adultos mayores que trabajaron toda su vida de manera
informal sino que es un premio para los empleadores que omitieron de manera deliberada el pago de
contribuciones al sistema de seguridad social.
Que además en esta Ley se estipula la eliminación de las indemnizaciones y su reemplazo por
Fondos de Desempleo donde los trabajadores van a aportar para el día en que sean corridos de sus puestos
de trabajo y además este fondo no aportará de ninguna manera al sistema de seguridad social.
Que se amplía el periodo de prueba de 3 a 6 meses en empresas con más de 100 trabajadores y
hasta 1 año para empresas con hasta 5 empleados. Que esto atenta contra los jóvenes de nuestra sociedad
que son los que más sufren este tipo de prácticas a la hora de insertarse en el mercado laboral. Que frente
a la actual mala situación económica donde la incertidumbre es lo que predomina se suma la
incertidumbre para los jóvenes de no saber si podrán continuar en sus trabajos luego de un periodo de
prueba aun mas extenso.
Que en la “Ley Bases” se estipula la total liberalización del precio de los hidrocarburos para el
mercado interno atando de esta manera al gobierno nacional ante las fluctuaciones de los precios
internacionales. Que en el actual contexto de tensiones en Medio Oriente y en diversas partes del mundo
esto resultaría perjudicial al interés nacional y al bienestar de los ciudadanos de nuestro país.Que se
permite la libre importación de gas e hidrocarburos en favor de las grandes empresas pero se imponen
restricciones y cargas impositivas a nuestras exportaciones.
Que a pesar de que los recursos del subsuelo según la Constitución Argentina son de las
provincias futuro se estipula que el Estado Nacional y los Estados Provinciales no podrán establecer
nuevas áreas de explotación hidrocarburíferas reservadas a favor de empresas o entidades públicas atando
de pies y mano a los gobiernos nacionales y provinciales a futuro.
Que la “Ley de Medidas Fiscales” establece un nuevo régimen de blanqueo para capitales
mayores a 100 mil millones de dólares. Que este blanqueo está pensado para unos pocos empresarios y ex
funcionarios que estuvieron en funciones hasta hace 5 años atrás y no como en otros países donde mínimo
son 10 años para atrás desde la aprobación de la ley. Que este blanqueo propone condiciones laxas para
los evasores ya que no los obliga a repatriar esos fondos y no distingue entre bienes y capitales radicados
en el país y en el extranjero.
Que esta misma ley estipula que los que ingresan al blanqueo podrán ser parte del nuevo
Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones. Que este nuevo régimen impositivo exime de pagar
cargas impositivas, aduaneras y fiscales y estipula que la misma no podrá ser limitada o modificada por
cualquier norma provincial y/o municipal que se contraponga a las disposiciones de dicha ley atentando
contra el carácter Federal de nuestro país violando las autonomías y competencias de los demás niveles
del Estado.
Que en la provincia de Santa Fe el fenómeno del narcotráfico se ha convertido en una
problemática cada vez más seria. Que este tipo de blanqueos al estar abierto a todos los capitales mayores
de 100 mil millones de dólares es funcional a los grupos delictivos ya que no se pregunta de dónde
vienen. Que por más policías y gendarmes que el gobierno nacional mande a la provincia de nada servirá
si se permite a los narcos lavar sus activos y hacerlos ingresar al régimen especial de inversiones
Que en la misma ley de “Medidas Fiscales” donde se exonera a los grandes evasores de pagar
impuestos también se vuelve a cobrar el Impuesto a las Ganancias a la cuarta categoría. Que esta
exención impositiva fue aprobada mediante una Ley en 2024 y que benefició a más de un millón de
trabajadores. Que el salario no puede ser considerado Ganancia y que en este contexto inflacionario y de
aumento de las tarifas de los servicios este retorno del Impuestos a las Ganancias será un golpe más al
bolsillo de los trabajadores.
Que con esta nueva ley se aumentaron los los importes mensuales en concepto de aporte
jubilatorio y obra social que deben pagar los Monotributistas encareciendo aún más las obligaciones
impositivas de los sectores de menores ingresos. Que mientras esta ley premia a los que fugan y evaden
castiga con aumentos a los que producen y trabajan.
Que, el nuevo proyecto de la ley de bases contempla la derogación de la moratoria previsional N°
27.705 anticipadamente la cual vencería en Marzo del año 2025, la cual podía prorrogarse por 2 años
más y crea la figura de la Prestación del Retiro Proporcional para aquellas personas que cumplieron 65
años y que no completaron los 30 años de aportes establecido como requisito en el artículo 19 Inciso “c”
de la Ley N° 24.241 y sus modificaciones.
Que, según las estadísticas publicadas la derogación de la moratoria anticipada implica que 9 de
cada 10 mujeres no podrán jubilarse a los 60 años y deberán esperar hasta los 65 años de edad para
acceder al beneficio previsional, ya que sólo el 10% logra obtener los 30 años de aportes establecidos por
la ley. Por otra parte, 7 de cada 10 hombres tampoco podrán jubilarse a los 65 años, debiendo optar por
una pensión no contributiva o una jubilación proporcional.
Que, las moratorias previsionales son políticas públicas que reparan, al momento de jubilarse, las
consecuencias que trae la informalidad laboral en nuestro país.
Que, la consagración del derecho a la seguridad social tiene como finalidad que las personas
puedan llevar adelante una vida digna y es el estado el que debe tomar las medidas necesarias para lograr
la plena efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACIÓN Nº 733/2.024
ART.1°) El Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez repudia la aprobación de la “Ley de Bases
y Puntos para la Libertad de los Argentinos” y la Ley “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” por
atentar contra el interés Nacional y contra el bienestar de todos ciudadanos de nuestro país, sobre todo el
de las y los trabajadores, y de los jubilados y jubiladas.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de mayo de 2024.

