Expte. Nº 8.919/25
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756,
La Ordenanza N° 1.947/10, de Reglamento para el Otorgamiento de Declaraciones de Interés
Municipal y otras distinciones concedidas por el Concejo Deliberante
La destacada participación del deportista Enzo Godoy en el ámbito del fútsal a nivel local,
provincial y nacional, especialmente su convocatoria y participación en la Escuela de Deportes Inclusivos
de Rosario para participar de la Copa FUT21 San Luis 2.025, y
CONSIDERANDO:
Que el deportista Enzo Godoy, nacido en Julio de 2.006, creció en un entorno familiar y social
que acompañó su desarrollo estimulado con terapias y cursó sus estudios en una escuela de educación
general. Tuvo sus inicios en el baby fútbol en el club Sporting, de barrio la Esperanza de nuestra ciudad.
También participó en actividades del Club Atlético Newell ‘s Old Boys unos meses, pero por la pandemia
no pudo asistir más. En el año 2.020 culminó su etapa de entrenamiento en el Club Alvear FC de la
ciudad de Alvear, para luego formar parte de EDIR en el año 2.021. Actualmente, desarrolla una
destacada trayectoria deportiva en la disciplina fútbol de sala,. representando a la ciudad en múltiples
competencias locales, provinciales y nacionales.
Que en su formación en EDIR (Escuela de Deportes Inclusivos de Rosario) desde el año 2.021 y
con 19 años es parte del equipo como atleta con Síndrome de Down, y que en poco tiempo ha logrado
convertirse en un bastión del equipo.
Que EDIR está integrado por un grupo de profesionales en el área de la discapacidad y la
formación motriz, donde se cree que, a través del deporte, los atletas pueden mejorar su calidad de vida,
autoestima y autonomía y de esta manera ser un medio concreto para la inclusión del mismo en la
sociedad, dándole prioridad al deporte-juego con contenidos recreativos y educativos por sobre el deporte
de rendimiento, favoreciendo al desarrollo social, biológico, psicológico y afectivo del atleta.
Que su gran talento, desempeño y compromiso deportivo de Enzo lo llevaron a ser convocado:
● FUT21 Rosario 2.021: Participación en el Campeonato Nacional de Futsal para Personas con
Síndrome de Down (avalado por la FASASD), con solo 16 años.
● Liga de Fútbol Inclusiva de Rosario (organizada por EDIR bajo las normas de Olimpíadas
Especiales Argentina): campeón con su equipo en 2.022 y 2.023, y subcampeón en 2.024.
● FUT21 Tigre 2.023: obtención del 3° puesto a nivel nacional.
● FUT21 Mendoza 2.024: obtención del 5° puesto a nivel nacional, destacándose como el
1°arquero en convertir un gol en la competencia.
● Illinois Newell ‘s Cup 2023 y 2024: campeón en ambas ediciones.
● Desde el año 2.025, jugador de la Selección Nacional Argentina de Futsal para Personas con
Síndrome de Down (FADASD), con convocatorias en febrero y junio del mismo año.
● FUT21 San Luis 2.025: subcampeón con su equipo y máximo goleador del torneo con 20 goles
(superando por 8 a su rival más cercano), recibiendo el Botín de Oro.
Que estos logros no sólo reflejan su talento y constancia, sino que también su rol como
embajador del deporte y ejemplo para las juventudes de nuestra ciudad por su compromiso, perseverancia
y pasión por el deporte.
Por ello, este Concejo Deliberante reconoce su trayectoria, dedicación y crecimiento deportivo,
entendiendo que visibilizar los espacios inclusivos y el rendimiento de atletas como Enzo resulta
fundamental para inspirar a otras personas con Síndrome de Down a acercarse al deporte adaptado e
inclusivo a través de las instituciones de nuestra ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:
DECLARACIÓN Nº 873/2.025
ART.1°) Declárase persona destacada en el ámbito deportivo a Enzo Godoy por su participación en la
Escuela de Deportes Inclusivos de Rosario y por competir en la Copa FUT21 San Luis, en el marco de su
convocatoria y rendimiento destacado del Campeonato Nacional de Fútsal para Personas con Síndrome de
Down, avalado por la FADASD, representando con excelencia y orgullo a la ciudad de Villa Gobernador
Gálvez en el plano internacional.
ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de agosto de 2.025.
AUTOR: ESTEBAN LENCI.

