Declaración N° 914/2026 – Repudiando el incumplimiento por parte del Ejecutivo Nacional de la Ley de Discapacidad

Expte. Nº 9.118/26

VISTO:

La Constitución Nacional Argentina,

La ley Orgánica de Municipalidades N°2.756,

La grave situación que están atravesando las personas con discapacidad, y los prestadores que integran el sistema de atención a dichas personas, instituido por la Ley Nacional Nº24.901

Ley 27.793 de Emergencia en Discapacidad

Decreto 84/2026 de Reglamentación de la Ley de Emergencia en Discapacidad N° 27.793

Declaración N° 868/2025 del Concejo Deliberante de V.G.G de repudio el Veto del Poder Ejecutivo Nacional sobre jubilación y discapacidad, y

CONSIDERANDO:

Que en junio de 2025 el Congreso de la Nación Argentina aprobó la Ley de Emergencia en Discapacidad hasta el 31 de diciembre de 2026. Que dicha normativa tiene como finalidad el cumplimiento de derechos en salud, educación,trabajo y protección social para las personas con discapacidad;

Que dicha ley prevé además compensaciones económicas a los prestadores de servicios de salud y la regularización de pagos y actualizaciones de aranceles del Sistema de Prestaciones Básicas de Atención Integral. Que el impacto económico de dicha normativa se prevé en torno al irrisorio 0,22% y el 0,40% del PBI, según los cálculos de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Asimismo, la misma busca reformar el sistema de pensiones no contributivas, mejorar la base de datos de la Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) y realizar auditorías para identificar y resolver problemas en la gestión de prestaciones, además el Poder Ejecutivo Nacional deberá informar públicamente sobre la ejecución presupuestaria y las políticas implementadas en el marco de la emergencia en discapacidad;

Que en la Ley de Emergencia en Discapacidad se pretende actualizar los Certificados Únicos de Discapacidad en un trabajo conjunto entre la ANDIS y el Consejo Federal de Discapacidad, estableciendo los principales lineamientos para su emisión. Que se asignen presupuesto y recursos para el funcionamiento sostenido y regular de todos los talleres protegidos y centros de días que hay a lo largo y ancho de nuestro país;

Que el Gobierno Nacional encabezado por Javier Milei en un primer momento vetó dicha ley en agosto del 2025. Que dicho veto fue repudiado de manera unánime por este cuerpo. Que el Congreso ratificó con una mayoría de dos tercios, en el mes de septiembre de 2025, dicha normativa. Que el Ejecutivo Nacional no la reglamentó inmediatamente negándose a cumplir con una ley aprobada por el poder legislativo nacional. Que recién en febrero de 2026 el gobierno Nacional reglamentó la Ley por medio del Decreto 84/2026  tras un fallo judicial que ordenó su entrada en vigencia inmediata y la aplicación del nuevo régimen de pensiones;

Que dicha ley de Emergencia debe ser implementada por la ANDIS. Que dicha Agencia no solo se niega a cumplir con una normativa aprobada por el poder legislativo sino que se ha vuelto implicada, a lo largo del 2025, en causas de corrupción que incluyen sospechas sobre la hermana del Presidente, Karina Milei, y a Eduardo “Lule” Menem. Que su anterior titular, Diego Spagnuolo, renunció luego de que se filtraran audios suyos donde da cuenta del esquema de desvío de dinero que involucra a la droguería Suiza Argentina y 19 personas más. Que frente a este escandalo de corrupcion, en diciembre 2025, el Ministerio de Salud de la Nación absorbió las funciones de la ANDIS para terminar con la discrecionalidad administrativa con la cual funcionaba;

Que el incumplimiento de la ley de Emergencia en Discapacidad y la desregulación del sistema de prestaciones básicas en habilitación y rehabilitación integral pone en riesgo la calidad y accesibilidad de los servicios para personas con discapacidad;

Que el ajuste en discapacidad representa una violación a los derechos humanos de las personas con discapacidad, al limitar su acceso a servicios esenciales y a una vida digna;

Que la implementación de políticas públicas que desfinancian el sistema de discapacidad afecta además directamente a las familias que dependen de estas prestaciones para garantizar la atención y bienestar de sus miembros;

Que las políticas de ajuste no sólo afectan a las personas con discapacidad, sino que también impactan negativamente en los prestadores de servicios, quienes enfrentan condiciones laborales precarias y una remuneración insuficiente;

Que las movilizaciones en todo el país reflejan el rechazo generalizado de la sociedad a las políticas de ajuste en discapacidad y la demanda de una respuesta adecuada por parte del Estado;

Que la no implementación de la Ley de Emergencia en Discapacidad impide una respuesta efectiva y urgente a la crisis que atraviesa el sector;

Que las discapacidades no pueden esperar y que no son una variable de ajuste. Que todas las personas no estamos exentas de ser parte de este sector en algún momento por alguna contingencia de la vida;

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:

DECLARACIÓN Nº 914/2.026

ART.1°) El Concejo Deliberante repudia el incumplimiento por parte del Poder Ejecutivo Nacional de la  Ley N°27.793, ratificada por una mayoría de dos tercios del Congreso de la Nación Argentina y la decisión política de no financiar las prestaciones de servicios.

ART.2°) El Concejo Deliberante expresa su preocupación por el cierre de centros de días para personas con discapacidad y por la suspensión y retraso de los pagos a los prestadores de servicios de salud vinculados a esta área.

ART.3°) Remítase copia de la presente a la Secretaría Nacional de Discapacidad.

ART.4°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 9 de abril de 2.026.

Autor: Daniela Bermudez

Acompañan: Nicolas Ramirez – Matias Martinez – Iara Gallardo

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