Expte. Nº 8.200/23VISTO:La Ley Orgánica de Municipalidades N° 2.756 .La Ordenanza. N° 2.765/21 Creación del Registro Audiovisual Municipal de Artistas Locales, El Registro Único de Artistas locales del Departamento Ejecutivo Municipal, La Ordenanza N° 2.379/16 “Creación Fondo Municipal para Promoción de Actividades Artísticas y Culturales de Villa Gdor. Gálvez”, El Decreto N° 1.803/2.022, yCONSIDERANDO: Que cada 21 de septiembre, se celebra el trabajo, las obras de las y los artistas plásticos. Que esta celebración se vincula con el cambio, el crecimiento, el desarrollo y la creatividad, tanto en la naturaleza como en la actividad humana de los y las artistas. Que la creación de mundos y realidades, de la mano de los hacedores del arte plástico, va mucho más allá de la mera existencia material. Son los artistas quienes, mediante sus obras, componen y configuran otros tiempos y espacios. A partir de ahí, hay una atractiva invitación para explorar y reflexionar; plantear otras perspectivas; pensar de otras maneras posibles y, por qué no, vivir de otro modo cuando el mundo cotidiano no alcanza, no convence o simplemente satura y agota. Que el arte es una de las herramientas que tenemos las personas para aprender a mirar más allá de lo que está dado. Que en nuestra ciudad habitan numerosos artistas plásticos que comparten su trabajo tanto en intervenciones callejeras como en creaciones en exposiciones particulares. Que este cuerpo legislativo generó numerosas iniciativas para difundir y visibilizar las obras de las y los artistas de la ciudad. Que es tarea de los estados municipales, provinciales y nacionales visibilizar y promover el desarrollo de las y los artistas plásticos. Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba la siguiente:DECLARACIÓN Nº 698/2.023ART.1°) El Concejo Deliberante declara de Interés Cultural y Municipal para la ciudad de Villa Gobernador Gálvez el 21 de septiembre como el “Día de las y los Artistas Plásticos”, instando a promover actividades para la difusión y divulgación de sus creaciones artísticas. ART.2°) Comuníquese, Publíquese y Regístrese.Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 28 de septiembre de 2023.

