VISTO:
El expediente Municipal remitido por el Departamento Ejecutivo, a los fines de autorizar el área de jurisdicción asignada a la Asociación Vecinal “Intendente Andreu”, (Expte. Nº 4222/84), y
CONSIDERANDO:
Que de conformidad a las disposiciones del Anexo I de la Ordenanza 77/84 sobre “REGIMEN DE ASOCIACIONES VECINALES”, este Concejo Deliberante debe prestar aprobación formal al radio de jurisdicción fijado por el Departamento Ejecutivo (Art. 3º).
Que el radio que se le asigna a la Asociación Vecinal peticionante está comprendido por las calles Av. San Diego al Norte, José Ingenieros al Sur, Alvear al Este e Independencia al Oeste.
Que no existiendo motivos para denegar la autorización, ya que en principio existe conformidad entre los peticionantes y el D.E., este Concejo Deliberante de Villa Gobernador Gálvez, en virtud de lo establecido por el art. 39 inc. 7º) de la Ley 2756, y el art. 62 del Reglamento Interno vigente, sanciona el siguiente decreto, habida cuenta del despacho favorable de la Comisión de Gobierno:
DECRETO Nº 005/84
ART.1º) Apruébase el radio de jurisdicción fijado a la Asociación Vecinal “Intendente Andreu”, en los límites expresados en el considerando.
Dado en Sala del Concejo Deliberante, 25 de Septiembre de 1984.