VISTO:

El  expediente  Municipal  remitido  por  el  Departamento Ejecutivo,  a los fines de autorizar el área de  jurisdicción asignada a la Asociación Vecinal “Intendente Andreu”, (Expte. Nº 4222/84), y

 

CONSIDERANDO:

 

Que  de conformidad a las disposiciones del Anexo I de  la Ordenanza 77/84 sobre “REGIMEN DE ASOCIACIONES VECINALES”, este Concejo Deliberante debe prestar aprobación formal al radio de jurisdicción fijado por el Departamento Ejecutivo (Art. 3º).

 

Que  el  radio que se le asigna a  la  Asociación  Vecinal peticionante está comprendido por las calles Av. San Diego al  Norte, José Ingenieros al Sur, Alvear al Este e  Independencia al Oeste.

 

Que no existiendo motivos para denegar la autorización, ya que en principio existe conformidad entre los  peticionantes y el D.E., este Concejo Deliberante de Villa  Gobernador  Gálvez,  en virtud de lo establecido por el  art.  39 inc.  7º)   de  la Ley 2756, y el art.  62   del  Reglamento Interno  vigente,  sanciona el siguiente  decreto,  habida cuenta del despacho favorable de la Comisión de Gobierno:

 

 

 

DECRETO  Nº 005/84

 

 

 

ART.1º) Apruébase el radio de jurisdicción fijado a la Asociación Vecinal “Intendente Andreu”, en los límites expresados  en el considerando.

 

 ART.2º) Comuníquese, Regístrese, Publíquese y Archívese.

 

 

Dado en Sala del Concejo Deliberante, 25 de Septiembre de 1984.

 

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