Decr. 1267/19 Emplazamiento de un monumento en memoria del ex Presidente Dr. Raúl Ricardo Alfonsín

Expte. Nº 6.792/19.

VISTO:

La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2.756, Arts 16º y 39º Incs. 8, 14, 24 y 29,

La Ordenanza N° 1.832/09,

La figura del ex Presidente Raúl Ricardo Alfonsín, reconocida por todos los sectores políticos y sociales, y

 

CONSIDERANDO:

Que desde nuestro lugar, creemos importante reivindicar a Alfonsín como el “padre de la democracia” superando toda frontera ideológica, destacando su compromiso con el sistema y los derechos humanos, luego de haber asumido su mandato el 10 de diciembre de 1.983, dando fin al gobierno militar responsable de una parte oscura de la historia Argentina.

Que en este marco, consideramos necesario materializar en nuestra ciudad, la memoria de quien fuera el principal artífice en la recuperación de la democracia, inmortalizando su legado.

Que en el año 2.009, este cuerpo deliberativo aprobó la Ordenanza N°1.832/09, que nombra al tramo de la Ruta Provincial N° 22 S que atraviesa nuestra ciudad como Av. Raúl Ricardo Alfonsín.

Que durante la gestión provincial y municipal actual, se logró explotar las virtudes naturales del predio ubicado en la mencionada Avenida y calle Bordabehere, eliminando el basural a cielo abierto más grande de la provincia y transformando esas 21 hectáreas en un parque público, nombrado en el año 2.018 “Parque de la Amistad”.

Que los miembros del Comité de la Unión Cívica Radical del Distrito Villa Gobernador Gálvez, han manifestado interés en erigir un monumento en homenaje al ex Presidente, considerando propia su instalación en el parque antes mencionado.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 1.267/2.019

 

ART.1°) Autorícese al Comité de la Unión Cívica Radical Distrito Villa Gobernador Gálvez, para el emplazamiento de un monumento en memoria del ex Presidente Dr. Raúl Ricardo Alfonsín en el “Parque de la Amistad” sobre la avenida que lleva su nombre.

 

ART.2°) Dese intervención a la Secretaría de Obras Públicas, a los efectos de supervisar la tarea a realizar, conforme a las normas vigentes.

 

ART.3°) Los gastos que demande la mencionada obra, serán solventados por el Comité de la Unión Cívica Radical Distrito Villa Gobernador Gálvez.

 

ART4º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 30 de mayo de 2.019.

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1267-19 expte.6792-19 Monumento en memoria Pte. Alfonsin

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