Expte. Nº 6.952/19.
VISTO:
El modelo de Contrato de Locación del inmueble sito en calle Peñaloza N° 590, donde funciona el Centro Cultural “El Alero – La Esperanza”, remitido por el Departamento Ejecutivo Municipal, y
CONSIDERANDO:
Que el Departamento Ejecutivo Municipal remite a este Cuerpo, modelo de Contrato de Locación del Inmueble sito en calle Peñaloza N° 590 de nuestra ciudad, donde funciona el Centro Cultural “El Alero – La Esperanza”.
Que en dicho local se realizan diversas actividades que benefician a la ciudadanía en general.
Que en ese ámbito se desarrollan talleres para niños, niñas, jóvenes y adultos, tales como circo, danza, teatro, construcción de juguetes y objetos, historia y cuentos, foto y cine, filosofía, carteles y estampas textiles.
Que también se programaron espectáculos, festivales, recitales y cine para el esparcimiento de la comunidad.
Que dicho inmueble reúne los requisitos de infraestructura y ubicación para el desarrollo de las actividades mencionadas, como así también resulta adecuado y razonable el precio del alquiler del mencionado inmueble.
Que es atribución del Concejo Deliberante en virtud de lo estipulado por el art. 11 de la Ley 2.756, autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar una contratación directa con respecto al alquiler del inmueble mencionado.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.347/2.019
ART.1°) Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a la contratación directa del inmueble sito en calle Peñaloza N° 590 de Villa Gobernador Gálvez para el funcionamiento del Centro Cultural “El Alero – La Esperanza”
ART.2°) Apruébase el modelo de Contrato de Locación a suscribirse entre el Departamento Ejecutivo Municipal y los Sres. Darío Héctor Costanzo, DNI N° 14.143.736 y Carlos Mario Costanzo, DNI N° 20.354.866, por el inmueble ubicado en calle Peñaloza N° 590 de nuestra ciudad, el cual forma parte integrativa del presente Decreto.
ART.3°) Autorízase el gasto de Pesos Setecientos Cuarenta y Cuatro Mil ($744.000) por el monto total del alquiler, los que se abonarán de la siguiente manera: doce cuotas mensuales y consecutivas a pagarse a partir del 01/12/2.019 durante los primeros 20 días de cada mes por la suma de pesos Diez Mil ($10.000); doce cuotas mensuales y consecutivas a pagarse a partir del 01/12/2.020 durante los primeros 20 días de cada mes por la suma de pesos Trece Mil ($13.000); doce cuotas mensuales y consecutivas a pagarse a partir del 01/12/2.021 durante los primeros 20 días de cada mes por la suma de pesos Diecisiete Mil ($17.000) y las últimas doce cuotas mensuales y consecutivas a pagarse a partir del 01/12/2.022 durante los primeros 20 días de cada mes por la suma de pesos Veintidos Mil ($22.000).
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de diciembre de 2.019.
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