Expte. Nº 7.117/20.
VISTO:
La Ordenanza Nº 2.688/2020. Creación en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez la “red de bicisendas y ciclovías”,
La inexistencia de veredas en calle Ecuador,
El aumento de siniestros viales en la intersección de las calles Cte. Espora y San Luís,
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756; y
CONSIDERANDO:
Que los datos estadísticos de los últimos años revelan cifras apabullantes que muestran la pérdida de vidas y la cantidad de personas que sufren pérdidas de sus capacidades físicas producto de accidentes de tránsito. En relación con esta realidad impactante, es que el Estado debe propender a generar políticas sustentables en el tiempo que permitan planificar acciones que den como resultado la significativa disminución de todo tipo de accidentes.
Que la seguridad vial es responsabilidad de todos: de aquellos que conducen un vehículo, de los peatones, de quienes transitan por las rutas o dentro del casco urbano de las ciudades. Sabido es que este flagelo tiene un alto contenido de error humano, que se materializa toda vez que no se cumple con las normas vigentes.
Que una política de Estado no se concreta solo con la decisión o su sola mención, se realiza con acciones concretas, eficientes, eficaces y perdurables en el tiempo, es por ello que todo gobierno debe gestionar y ejecutar obras viales tendientes a rebajar la siniestralidad. Para lograrlo es importantísimo articular los esfuerzos teniendo en cuenta aspectos fundamentales que no solamente pasan por la obra propiamente dicha sino también por la educación y concientización sobre el tema vial.
Que la construcción de calle Ecuador, es una obra por tantos años anhelada y que apuntó exclusivamente a la seguridad del tránsito en la ciudad, quitando del ejido urbano gran parte del transporte de camiones que ingresan y egresan principalmente a la planta frigorífica que se encuentra instalada en uno de los extremos de su traza. Pero al mismo tiempo que se quita de un sector de la ciudad gran parte del tránsito automotor pesado se lo traslada a otro que debe contar con la seguridad para la protección de todos en esa zona.
Que calle Ecuador no cuenta con veredas ni con un sector para que se circule en bicicletas, por lo que el peatón con cierto grado de irresponsabilidad transita por la calzada de la calle al igual que los ciclistas.
Que vecinos de los barrios de Costa Esperanza y Villa Dolores transitan peatonalmente la arteria en cuestión, como así también otros vecinos de los barrios aledaños, en las condiciones ya detalladas exponiéndose diariamente al peligro y a la fatalidad.
Que últimamente la intersección de las calles Cte. Espora y San Luís ha registrado un sustancial aumento de accidentes de tránsito.
Que los vehículos del transporte cárnico ingresan y egresan de la empresa nombrada más arriba por portones que se encuentran por calle San Luis, siendo paso obligado para acceder a calle Ecuador o para aquellos que vienen de ella la esquina mencionada en el párrafo precedente, exacerbando la peligrosidad en ese sector. Aún mayor es el riesgo si tenemos en cuenta la presencia de un centro de salud a escasos metros de esa esquina.
Que existen alternativas para bajar la siniestralidad en el lugar: espejos ubicados en las esquinas para posibilitar al conductor mayor visión de lo que sucede en la calle perpendicular, también reductores y otros tipos de señalizaciones que tienen que ver con la prioridad de paso. Pero hay una cuestión principal que promueve el alto riesgo de accidentes, y son los camiones que circulan obligatoriamente por allí que por su porte necesitan mayor radio de giro en las esquinas.
Que otra solución sería que la empresa mencionada traslade sus portones de ingreso/egreso al sector de Calle Cte. Espora en la intersección con calle Ecuador, para poder acceder o salir de la industria directamente desde y por calle Ecuador sin tener la necesidad de utilizar otra arteria, disminuyendo notablemente el tránsito actual en la esquina de Cte. Espora y San Luis.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.415/2.020
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, estudie la factibilidad para realizar las obras de veredas y ciclovías sobre la acera de calle Ecuador en toda su traza.
ART.2º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, realicen los trabajos pertinentes de señalización vial y ralentización del tránsito en la intersección de las calles Comandante Espora y San Luis.
ART.3º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaría que corresponda, eleven al Frigorífico Paladini un pedido de factibilidad de traslado de los portones que la empresa posee sobre calle San Luis a la altura catastral del 2.100 hacia el sector de calle Comandante Espora intersección con calle Ecuador, haciéndole saber a la empresa los motivos de dicha solicitud y los beneficios para la comunidad de concretarse lo peticionado.
ART.4°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de julio de 2020
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