Expte. Nº 7.224/20.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756,
El Decreto N° 1068/17 “Para que el Departamento Ejecutivo Municipal invite a escuelas e instituciones de la zona del Parque Girsu, a la elección del nombre de dicho espacio”,
El Decreto N° 1104/18 Limpieza diaria y el mantenimiento del parque ubicado en el ingreso a la Planta de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU)”,
El Decreto N° 1293/19. “Se dé cumplimiento al Decreto Nº 1.104/18, en un plazo de 10 días”,
El Decreto Nº 1414/20 “Mantenimiento y limpieza diaria en el “Parque de la Amistad”, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario que se dé cumplimiento al Decreto Nº 1414/20 “Mantenimiento y limpieza diaria en el “Parque de la Amistad”, ubicado entre el margen sur del Arroyo Saladillo, la Autopista Rosario- Buenos Aires, la Av. Raúl Alfonsín y Av. Enzo Bordabehere.
Que este parque es muy utilizado por los vecinos del barrio para esparcimiento, recreación y realizar actividades deportivas, debido a que es un espacio muy amplio, donde las familias puedan recrearse manteniendo el distanciamiento que prevé la nueva normalidad que vivimos por la pandemia del coronavirus.
Que sería de gran importancia, que el municipio estudie la factibilidad de incorporar al parque antes mencionado la iluminación correspondiente, para así los ciudadanos que se recrean realizando actividad física, en los horarios de la tarde/noche, puedan contar con la iluminación y seguridad correspondiente.
Que es deber del municipio, controlar, cuidar y mantener la limpieza de los espacios públicos de la ciudad.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 1.456/2.020
ART.1°) El Concejo Deliberante ordena al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la secretaría que corresponda, dé cumplimiento al Decreto Nº 1414/20 “Mantenimiento y limpieza diaria en el Parque de la Amistad”, ubicado en el sector oeste de nuestra ciudad, en un plazo de 10 días.
ART.2°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal, para que estudie la factibilidad, de incorporar a dicha zona más iluminación, para más seguridad del parque antes mencionado y de las personas que se recrean realizando actividad física en horario nocturno.
ART.3°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Descargar doc:
Decr. 1456-20_11-13-2020-140336