Expte. Nº 2.323/03.

VISTO:

La Ley 2756.

El Código Tributario Municipal.

El Expte. Nº 2.323/03, y

 

CONSIDERANDO:

Que  en respuesta a lo solicitado mediante  Resolución  Nº 1.080/03  de fecha 05/06/03 la Biblioteca Popular  Mariano Moreno de la localidad de Godoy remitió a este Cuerpo, una serie  de  constancias documentales (copia del  título  de propiedad, a nombre de Juan Carlos Chachques, poder  especial irrevocable para vender y escriturar dicho inmueble y copia  de la Ley Provincial Nº 10.572 que refiere a  exención de gravámenes provinciales a Bibliotecas Populares.

Que  no obstante la documentación aludida, no se  verifica la  propiedad del inmueble a nombre de la solicitante,  ni se encuentra afectado a los fines específicos de la institución,  condiciones exigidas por la normativa tributaria, (Ordenanza  Nº 1.415/99, Art. 91º Inc. j) , para la  procedencia de la exención.

Que  no  es atribución del Concejo  Deliberante,  condonar deudas tributarias toda vez que la solicitud de  eximisión abarca períodos fiscales ya devengados.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus  atribuciones, aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 168/2003

 

ART.1º) Denegar  la solicitud de exención de la Tasa  General  de Inmuebles  sobre  la finca ubicada en la Ciudad  de  Villa Gobernador  Gálvez registrada bajo la cuenta Nº  08555-00-10,  localizada  en  la calle San Nicolás  2431,  por  las razones explicitados en los Considerandos de la presente.

 

ART.2º) Notifíquese  a la interesada los fundamentos de la  decisión denegatoria, por la cuál no puede acceder a la eximisión.

 

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 21 de Agosto de 2003.

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