Decr. 185/05 Dispone un aumento del TAP

Expte.  Nº 2724/2005.

VISTO:

El Expte. Nº 2724/2005.

El Código Tributario Municipal.

El Art. 2º de la Ordenanza N º 1.138/95 , y

 

CONSIDERANDO:

            Que contando el Departamento Ejecutivo Municipal con la medida legal autorizada por el Art. 2º de la Ordenanza N º 1.138/95 que prevé el ajuste trimestral de la Tasa de Alumbrado Público,  teniendo en cuenta el costo que demande la prestación del servicio de Alumbrado Público resulta innecesario este Concejo Deliberante se expida respecto al incremento de $ 2,50 que informa el Departamento Ejecutivo Municipal desde que el mismo encuadra en el marco normativo vigente y precedentemente mencionado.

             Que con respecto a la incidencia de tal ajuste en el cálculo posterior de los fondos específicos y adicionales a que se refiere el Departamento Ejecutivo Municipal en su nota de elevación que diera origen al expediente de referencia resulta menester dictar la medida legal que lo autorice.

            Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 185/2005

 

Art.1º) Dispónese que el incremento del $ 2,50 dispuesto por el Departamento Ejecutivo Municipal para la Tasa de Alumbrado Público (TAP) en uso de las facultades que le otorga el Art. 2º de la Ordenanza Nº 1.138/95 no forma parte del cálculo posterior de los fondos específicos y adicionales que conforman la Tasa General de Inmuebles

 

Art.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en  Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 23 de diciembre de 2.005

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