Expte. Nº  3.152/08.

VISTO:

            El camino la Rivera que se extiende desde Av. San Diego hasta Lavalle, la Ley 2756 , y

           

CONSIDERANDO:

            Que el sector de referencia se inunda los días de grandes precipitaciones pluviales.

            Que para poder evacuar el agua, los habitantes del lugar cortan la calzada, a la altura de calle Dorrego, con el consiguiente peligro que ello significa, para transeúntes y automovilistas, dado que el mismo es de aproximadamente tres metros.

            Que el sistema de evacuación de las aguas tiene un doble circuito y sin el cual el ciudadano sufre las consecuencias por las inclemencias  del tiempo y por parte del municipio una erogación no programada de asistencia social.

            Que el circuito de evacuación consiste en:

            Una primera recolección de las aguas en una cuneta la cual desagua a través de tubos instalados a la altura de calle Dorrego.

            Una segunda recolección de las aguas en una laguna artificial que tiene la función de reservorio antes de ser evacuadas al río.

            1.- Para el caso que el río se encuentre en una altura optima las aguas recolectadas por la laguna son volcadas al mismo por la simple diferencia de alturas.

            2.- Para el caso en que el río se encuentre crecido, funciona una compuerta y el agua es evacuada a través de bombas instaladas a tal fin.

            3.- Si la altura del agua en la laguna no excede de cierta altura, funciona una sola bomba, para el caso que excediera de ese límite deberían funcionar dos bombas.

            Que a la luz de las circunstancias el  funcionamiento es deficiente y por lo tanto cada lluvia significa un problema para el vecino y el municipio.

            Que la falta de limpieza en las cunetas trae aparejado además de olores nauseabundos la cría de mosquitos y el peligro del Dengue, como también otros insectos que trasmiten alergias y enfermedades de las más diversas forma.

            Que al encontrarse la laguna sin el debido cuidado, está siendo rellenada en parte, a los efectos de asentar viviendas precarias.

            Que se podría construir a la altura de calle Dorrego un canal de hormigón armado con compuertas, las cuáles puedan ser de fácil accionamiento ante la eventual entrada de agua en el sentido inverso.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 208/2008

 

ART. 1º) Solicítase al Departamento Ejecutivo Municipal, que a través de  Área que corresponda proyecte un relevamiento del camino de la Rivera desde Av. San Diego hasta Lavalle, confeccione un proyecto de trabajo, realice los trabajos mínimos indispensables para evitar el anegamiento de vecinos los días de lluvia y trámite ante el superior Gobierno de la Provincia Santa Fe la readecuación total del lugar.

 

ART. 2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 

Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  3 de abril de 2.008.

 

 

Presidente: Roberto Richetti

A/C Secretaria: Mario Correale

 

 

 

print