Decr. 222/08 Cese de cobro de Canon no aprobado por el Concejo Deliberante

Expte. Nº 3.288/08.

VISTO:

      La Ley 2756, Art.39º Inc. 16 , Art. 41º Incs. 4 y 15, Art.52º y Art. 22º , la Ordenanza Tributaria Anual ; el volante informativo municipal, y

CONSIDERANDO:

Que en distintas oficinas municipales se entrega un volante informando que los salones del Parque Regional Municipal y del Polideportivo Municipal se solicitan  $ 50.- en depósito en garantía (reintegrable) y $ 150 de canon para reacondicionar los predios más los adicionales policiales más SADAIC y AADI CAPIF.

Que la Ley 2756 en su Art. 39º Inc. 16 establece: que es atribución del Concejo Deliberante “crear impuestos y rentas municipales compatibles con la Constitución Nacional y Provincial”.

Que en su Art. 41º Inc. 15 de la Ley 2756 dice que es atribución del Intendente Municipal “hacer recaudar los impuestos, tasas, derechos, contribuciones y rentas municipales…con sujeción estricta a ordenanzas vigentes”

Que en ninguna Ordenanza el Concejo Municipal aprobó el cobro del mencionado canon.

Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:

 

DECRETO Nº 222/2008

 

ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que cese  en el cobro de cualquier tipo de canon no aprobado por el Concejo Deliberante, por el uso y alquiler de los salones del Polideportivo Municipal y del Parque Regional Municipal.

ART.2º) Remítase a este Cuerpo un informe de lo cobrado hasta el momento en concepto de lo referido en el artículo anterior y su consecuente registración.

ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.

 
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante,  7 de agosto de 2.008.

 

Presidente: Roberto Richetti

Pro Secretaria: Victoria Beloni

 

 

 

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