Expte. Nº 4.201/11.
VISTO:
La Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
La Ley de Defensa en Juicio del Estado, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo prevé la última ley citada en el Visto, el Departamento Ejecutivo Municipal debe comunicar al Concejo Deliberante todos los reconocimientos administrativos o judiciales firmes de obligaciones que carezcan de créditos presupuestarios para su cancelación en la norma presupuestaria del año siguiente al del reconocimiento.
Que conforme lo expuesto surge la necesidad legal de este Cuerpo de conocer adecuadamente, para su posterior estudio, todas y cada una de las causas que hayan obtenido sentencia condenatoria del municipio y, en su caso, los convenios y/o reconocimientos administrativos por parte del municipio de tales obligaciones.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 338/2011
ART. 1º) Remítase e infórmese en el plazo de 3 días hábiles al Concejo Deliberante copia de todas las sentencias condenatorias y sus respectivos expedientes y/o convenios y/o reconocimientos administrativos de obligaciones dinerarias que se encuentren pendientes de cumplimiento y/o en curso de ejecución.
ART.2º) Dispónese que la Directora de Legales de la Municipalidad Dra. Lidia Villalba y el Dr. Ricardo Quarantoto deberán concurrir al recinto de este Concejo Deliberante el día miércoles 24 de agosto de 2011 a las 10 hs., a fin de dar un informe pormenorizado sobre los juicios en los cuáles la Municipalidad haya sido condenada a pagar sumas dinerarias sirviendo el presente de suficiente notificación.
ART.3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 18 de agosto de 2.011.
Presidente: Pedro Jorge Gonzalez
A/C Secretaria: Mario Correale