Expte. Nº 4.749/13.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades Nº2.756 Art. 39º;
Reclamos de los vecinos de Villa Gobernador Gálvez y;
CONSIDERANDO:
Que a partir del traslado del Registro Civil a calle Belgrano Nº 2012, los trámites relacionados con sus funciones requieren el pago de sellados que sólo puede realizarse en el correo ubicado en Av. Filippini Nº 1972 o el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Av. San Martín 2222.
Que por tal motivo, las personas deben conducirse hasta el correo o el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. para abonar el sellado y luego regresar al Registro Civil.
Que resulta imperiosa la necesidad de realizar las gestiones pertinentes ante el Superior Gobierno de la Provincia para instalar en el edificio del Registro Civil un puesto de cobro de los sellados que los trámites exigen, evitando así que personas con movilidad reducida, embarazadas, discapacitados motrices, personas de edad avanzada deban trasladarse de un edificio a otro.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones, aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 483/2013
ART. 1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que, a través de la Secretaría que corresponda, realice las gestiones pertinentes ante el Superior Gobierno de la Provincia para instalar en el edificio del Registro Civil, un puesto para abonar los sellados correspondientes a los trámites realizados en el lugar.
ART.2º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 2 de mayo de 2013.
Presidente: Norma Haydeé Auge
Secretaria: Daniel Marcucci