Expte. Nº 5.757/16.
VISTO:
Ley 2756
Ley Nº 26.364 de Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus Víctimas, y su modificatoria Nº 26.842 y su Decreto reglamentario 111/2015 (B.O.28 enero 2015)
La nota periodística publicada en el portal de noticias www.5wnoticias.com.ar del 27/04/16, y
CONSIDERANDO:
Que en la Argentina este delito referido a la Trata de Personas prevee penas de 3 a 15 años de prisión, aunque pueden existir agravantes que amplíen las condenas. Desde la primera sanción de la ley 26.364 en 2008 a principios del 2014 se rescató 6.339 víctimas de explotación laboral y sexual en el país.
De acuerdo con el Instituto Nacional de Estadística y Censos , el trabajo no registrado de la indumentaria alcanza el 75 %. El gran número de trabajadores en negro, promueve la difusión de los trabajos forzados. Según citas de Gustavo Vera, presidente de la cooperativa La Alameda (que agrupa y defiende a trabajadores textiles). “Nos consta que hay unos 3000 talleres clandestinos en la Capital Federal, unos 15 000 talleres clandestinos en el primer cordón del conurbano bonaerense y varios miles más en el Gran Buenos Aires, Rosario, Mendoza y Córdoba. Estos talleres comprenden una población de unas 200 000 personas que están reducidas al trabajo forzoso o al trabajo esclavo, que es lo mismo que el trabajo forzoso pero agravado porque la voluntad de los trabajadores es controlada las 24 horas del día por la patronal.
Que según menciona www.5wnoticias.com.ar Una investigación llevada a cabo por Prefectura Naval, a través de la Ley de Trata de Personas, llegó a Villa Gobernador Gálvez con el fin de desbaratar talleres con trabajo en negro. En la ciudad se realizó un allanamiento por orden del Juzgado Federal Nº3 en dos domicilios de calle Edison al 1200 en donde en una de ellas funcionaba un taller y al lado se encontraba una familia en ¨condiciones infrahumanas¨ de nacionalidad peruana que trabajaban en el taller.
Que la forma más común de reclutamiento es con promesas de trabajo, en donde en principio se les adelanta el pago para el traslado que luego se descontará, al llegar se les retira los documentos y luego los trasladan a talleres donde los obligan a trabajar jornadas de 18 horas y amenazas de denunciarlo con la policía para que lo deporten.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 841/2016
ART. 1°) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal para que a través de la Secretaria que corresponda indique:
a.- titular registral del inmueble ubicado en Edison al 1200 donde se realizó el allanamiento por Prefectura Naval Argentina por orden del Juzgado Federal Nº 3.
b.- todo dato de interés referido a; trámites de solicitud de habilitación municipal, datos del solicitante, CUIT, actividad principal que se realizaba, fechas de pedido de habilitación y/o todo dato de interés que permita identificar a los responsables penales del delito tan severamente penado por nuestro Codigo Penal.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de mayo de 2016