Expte. Nº 5.754/16.
VISTO:
El Art. 41° de La Constitución Nacional
La Constitución Provincial Arts. 16°, 19º, 21 °, 28°, 109°
La Ley 10.000 de Protección de Intereses Difusos
Ley Orgánica de Municipalidades Nº 2756.
Los vecinos de la Vecinal Talleres NORTE, denuncian la falta de limpieza de las bocas de tormentas de calle 3 de Febrero yl17 de Octubre, y
CONSIDERANDO:
Que dichas bocas de tormentas se encuentran obstruidas y durante las últimas precipitaciones los vecinos de la zona se encuentran con el agua en la puerta de sus domicilios.
Que se agrava cada vez más por falta de mantenimiento.
Que los vecinos son los que llevan la limpieza de dichas bocas de tormentas, con el peligro que esto implica en los días de lluvias.
Que con los efectos del niño, cada vez llueve más seguido y que los vecinos no saben cómo proteger sus domicilios de la inundación que se les aproxima.
Que los vecinos han presentado en varias oportunidades reclamos constantes sin obtener resultados favorables del Municipio.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 843/2016
ART. 1°) Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal para que por medio de la Secretaría de Servicios Públicos, se proceda a la limpieza urgente de las bocas de tormenta ubicadas en calle 3 de Febrero y 17 de Octubre, para evitar el anegamiento de los vecinos, en sus domicilios en los días de precipitaciones.
ART. 2°) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 5 de mayo de 2016