Decr. 854/16 Para que el DEM solicite al Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia, la apertura de una Defensoría Gral. Zonal en VGG
Expte. Nº 5.778/16.
VISTO:
Ley Orgánica de Municipalidades N° 2756,
Ley Orgánica del Poder Judicial N° 10.160,
Ley Provincial N° 13.014 Creación del Servicio Público Provincial de Defensa Penal,
La Ord. Nº 2.176/2014 Declaración de Emergencia en Seguridad,
La Ord. Nº 2.180/2014 Apertura dependencia judicial Defensoría Gral. Zonal, y
CONSIDERANDO:
Que este Concejo Deliberante formuló mediante la aprobación de la Ord. 2180 un instrumento legal con el objetivo de buscar inclusión y mayor y mejor acceso de los vecinos al ámbito de los derechos y garantías constitucionalmente previstos.
Que dicha ordenanza surgiera de los datos de la realidad que padecen vecinos de esta ciudad, en especial los más vulnerables, de bajos recursos económicos, en oportunidad de requerir ayuda, patrocinio, consejo o asesoramiento jurídico, para afrontar -activa o pasivamente- acciones legales en procura de la defensa de sus derechos.
Que basta con recorrer los pasillos del Palacio de Tribunales Provinciales de Rosario o de la Defensoría Zonal N° 4 sita en calle Arijón N° 651 de la vecina ciudad de Rosario, para comprobar que una notable mayoría de personas que asisten a las Defensorías Generales que allí funcionan provienen de Villa Gobernador Gálvez.
Que el adecuado y ágil ACCESO A LA JUSTICIA resulta un derecho inalienable de todo ciudadano, derecho que conforme el cuadro de situación descripto, le es obstaculizado y en muchos casos vedado en su ejercicio.
Que mujeres con niños pequeños, ancianos y valetudinarios de nuestra ciudad deben, ante la urgencia y el apremio, realizar largas colas y agotadoras esperas para ser atendidos por los Defensores Generales, con la consecuente pérdida de tiempo y el escaso dinero que poseen para costear y enfrentar el desplazamiento hasta ese lugar. Las principales demandas son: cuota alimentaria para sus hijos, situaciones de violencia o abandono familiar, pedidos de regímenes de visita de padres a hijos, nietos y otros familiares, menores en conflicto con la ley, desalojos, etc.
Que el crecimiento demográfico registrado en Villa Gobernador Gálvez en los últimos años, obliga a los Órganos de Gobierno con competencia, a reformular y ampliar los ámbitos territoriales de funcionamiento de las Instituciones encargadas de igualar y dar respuestas efectivas e inmediatas a los ciudadanos, para garantizar el ejercicio de sus derechos, la inclusión social y evitar o remover todo tipo de condicionamientos u obstáculos que atenten contra estos objetivos.
Que no debe pasarse por alto el evidente impacto negativo sobre el tejido social de nuestra ciudad que la injusta situación descripta posee, mutando inevitablemente en inestabilidad social, indignación y descreimiento del ciudadano en las Instituciones Públicas, pudiendo afirmarse por ende, que nos encontramos ante una más de las varias aristas de la problemática examinada, que contribuye a la INSEGURIDAD PÚBLICA.
Que si el Estado en todas sus versiones no convierte en acción y hechos concretos, dentro de su esfera de competencia, la defensa de los derechos y garantías civiles, políticas y sociales de los ciudadanos, cualquier declamación estéril en el sentido contrario convertirá en letra muerta los conceptos antes mencionados.
Que resulta tan perjudicial para el logro de la PAZ SOCIAL en Villa Gobernador Gálvez definir erróneamente la dirección o rumbo que habrá de tomar la acción de gobierno, distorsionando los objetivos con sectarismos políticos, como desconocer los verdaderos factores, causas o concausas que alimentan la inseguridad pública.
Que este cuerpo ordenara se formule por parte del DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL de Villa Gobernador Gálvez, ante el Sr. Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, el formal pedido de apertura en nuestra ciudad, de una Dependencia Judicial para el funcionamiento de DEFENSORIA GENERAL ZONAL, la que brindaría, a nuestros ciudadanos, el servicio público jurídico/legal, con los alcances, funciones y facultades previstos por la Ley Provincial Orgánica de Tribunales N° 10.160. Y que a fin de completar el cometido consignado se autorizo al Intendente Municipal a suscribir, ad referéndum de este Cuerpo Deliberante, todos los instrumentos y acuerdos que fueran menester.
Que representantes de nuestra ciudad, tras la aprobación de la Ord. 2180/14, el pasado 13 de marzo de 2014 solicitaron audiencia al procurador General a los fines de disponer el funcionamiento la Defensoría General Zonal en nuestra ciudad.
Que el Procurador General de la Corte Suprema el Dr. Jorge Barraguirre vino a nuestra ciudad el pasado miércoles 19 de marzo del 2014 y en la Municipalidad se avanzó en la implementación de esta iniciativa.
Que en esa ocasión el Procurador General manifestó: “Celebramos este proyecto, debemos auxiliar a quienes más necesitan. Estamos ante un cambio de paradigma del nuevo sistema de justicia penal y necesitamos estar en los territorios para acceder con más precisión a información de las problemáticas de nuestra provincia, para de este modo intervenir en barrios de Rosario y Villa Gobernador Gálvez”.
Que hasta el día de hoy no se logró la apertura en nuestra ciudad de una dependencia judicial para el funcionamiento de una Defensoría Gral. Zonal habiendo el Ministerio Público de la Defensa desarrollado una estructura a partir de un Defensor Provincial; el Consejo del Servicio Público Provincial de Defensa Penal; un Cuerpo de Defensores organizados en Defensores Regionales (uno por cada una de las 5 Circunscripciones Judiciales); y a su vez la correspondiente a Rosario organizada en Distrito San Lorenzo, Villa Constitución Casilda, Rosario y Cañada de Gómez.
Por todo ello, el Concejo Deliberante en uso de sus atribuciones aprueba el siguiente:
DECRETO Nº 854/2016
ART.1º) El Concejo Deliberante se dirige al Departamento Ejecutivo Municipal a los efectos de que inste, en forma perentoria, ante el Procurador General de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, la definitiva instalación permanente, en la ciudad de Villa Gobernador Gálvez, de una dependencia judicial para el funcionamiento de una Defensoría General Zonal en Villa Gobernador Gálvez; todo ello conforme al mandato contenido en la Ordenanza N° 2180/2014.
ART. 2º) Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir, ad referéndum de este Cuerpo Deliberante, y en orden al cumplimiento del mandato impuesto en el artículo precedente, todos los instrumentos y acuerdos que fueran necesarios.
ART. 3º) Comuníquese, Publíquese, y Regístrese.
Dado en Sala de Sesiones del Concejo Deliberante, 26 de mayo de 2016